Inmobiliaria y Constructora IC Cuarenta SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2020
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la prestación y venta de servicios y asesorías vinculados al desarrollo inmobiliario y asesorías en general; b) la realización y desarrollo de proyectos inmobiliarios; la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones y urbanizaciones, ya sea por obra vendida o por administración; c) la organización, promoción, planificación y venta de loteos; d) la compra, venta, arriendo y explotación bajo cualquier forma de toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) la inversión en todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social, que los socios acuerden; y f) la formación o integración a todo tipo de sociedades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público de la 40º Notaría de Santiago, suplente de don Alberto Mozo Aguilar, con oficio en Teatinos Nº332, Santiago , certifico: por escritura pública de fecha 06 de mayo de 2020, Repertorio Nro. 2240/2020, ante mí, comparecen, don IGNACIO SCHÖNHERR RIVAS, CNI Nro. 9.745.005-6, y don HERNÁN ANDRÉS RAMÍREZ BELMAR, CNI Nro. 13.734.706-7, acordaron constituir sociedad por acciones, cuyo estatuto extracto. Razón social: “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA IC Cuarenta SpA”, pudiendo también actuar, inclusive ante los bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía o sigla de “IC Cuarenta SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación y venta de servicios y asesorías vinculados al desarrollo inmobiliario y asesorías en general; b) la realización y desarrollo de proyectos inmobiliarios; la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones y urbanizaciones, ya sea por obra vendida o por administración; c) la organización, promoción, planificación y venta de loteos; d) la compra, venta, arriendo y explotación bajo cualquier forma de toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) la inversión en todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social, que los socios acuerden; y f) la formación o integración a todo tipo de sociedades. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, suscrito y pagado en el acto, conforme al Art. Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de mayo de 2020.-