MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Energía de Tarapacá SpA

RUT 76567829-3 CVE 1762066
Fecha instrumento
28 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de abril de 2020
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, abogado, Notario Titular de la 18° Notaría de Santiago, domiciliada en Huérfanos N°669, piso 8, comuna de Santiago, certifica: Mediante escritura pública, celebrada en esta notaría con fecha 28 de abril de 2020 agregada en mi repertorio con N°6.261/2020, ENERGÍA VALHALLA SpA, rol único tributario N°76.153.869-1 y TARAPACA FUND LIMITED PARTNERSHIP, rol único tributario N°59.289.310-K, ambas representadas por don Juan Andrés Camus Valdés, cédula nacional de identidad N°15.382.153-4, todos domiciliados en El Golf 40 piso 20, Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad ENERGÍA DE TARAPACÁ SpA, en el sentido de aumentar el capital de la misma, reemplazando íntegramente los Artículos Quinto y Segundo Transitorio de los Estatutos sociales según se indica a continuación: “TÍTULO SEGUNDO. CAPITAL Y ACCIONES. “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de diecisiete mil cuatrocientos veintitrés millones ciento noventa y un mil treinta y siete pesos, dividido en treinta y tres mil quinientas dieciséis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos. Tanto el capital como los eventuales aumentos del mismo deberán ser pagados sólo en dinero efectivo o capitalización de deudas con accionistas. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. Las opciones para suscribir las acciones de aumento de capital de la Sociedad o de valores convertibles en acciones de la Sociedad, sean de pago o liberadas de pago, deberán ser ofrecidas, a lo menos por una vez, preferentemente a los accionistas a prorrata de las acciones que posean inscritas a su nombre, en cualquier momento, en el Registro de Accionistas, al precio que determinen los accionistas o quien fuere delegado al efecto por ellos.” “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la Sociedad será la suma de diecisiete mil cuatrocientos veintitrés millones ciento noventa y un mil treinta y siete pesos, dividido en treinta y tres mil quinientos dieciséis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga de la siguiente forma: i) Energía Valhalla SpA ha suscrito y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de veintiséis mil seiscientas cincuenta y tres acciones, representativas de un setenta y nueve coma cincuenta y dos por ciento del capital social; y ii) Tarapaca Fund Limited Partnership ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, la cantidad de seis mil ochocientas sesenta y tres acciones, representativas de un veinte coma cuarenta y ocho por ciento del capital social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de abril de 2020.