Banquetería Entretapas Gourmet Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de mayo de 2020
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO que, por escritura pública con fecha 04 de Mayo de 2020, ante mi: doña MACARENA AMANDA HAZBÚN KRAUSS, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuatrocientos nueve mil cuatrocientos diecisiete guión nueve, domiciliada en Avenida El Bosque número mil ciento noventa y cinco departamento número doscientos tres, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña PAMELA ALEJANDRA VILLABLANCA ROMO, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos seis mil trescientos trece guión dos, con domicilio en Avenida Raúl Labbé número doce mil setecientos veinte, departamento número veinticuatro letra C, comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana; y doña GIOCONDA MARÍA ELIZABETH KRAUSS SÁNCHEZ, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos ocho mil cuarenta y seis guion cinco, domiciliada en Avenida El Bosque número mil ciento noventa y cinco departamento número doscientos tres, comuna de Providencia, Región Metropolitana modificaron los estatutos de BANQUETERÍA ENTRETAPAS GOURMET LIMITADA inscrita a Fojas dieciséis mil novecientos ochenta y cinco Número ocho mil setecientos dieciséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil diecinueve a efectos de reflejar que Pamela Alejandra Villablanca Romo vende y cede a Macarena Amanda Hazbún Krauss y a Gioconda María Elizabeth Krauss Sánchez sus derechos en Banqueteria Entretapas Gourmet Limitada, equivalentes al 50%. Como consecuencia de ello, acuerdan reemplazar y modificar los estatutos sociales del siguiente modo: i) Reemplazando su Artículo Quinto por el siguiente: “Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de quinientos mil pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Macarena Amanda Hazbún Krauss, la suma de cuatrocientos noventa y nueve mil pesos ,esto es, el noventa y ocho por ciento del capital, que enteró e ingresó a la caja social, al contado y en dinero efectivo; y b) Gioconda María Elizabeth Krauss Sánchez la suma de diez mil pesos, esto es, el dos por ciento del capital, que enteró e ingresó a la caja social, al contado y en dinero efectivo” ii) Modificando el artículo Cuarto, relativo a la administración de la Sociedad, reemplazando a doña Pamela Alejandra Villablanca Romo, por doña Gioconda María Elizabeth Krauss Sánchez, y establecer que reemplazan solo el primer párrafo de la cláusula por la siguiente: “la administración y representación de la Sociedad, con las más amplias facultades, corresponderá a los socios Macarena Amanda Hazbún Krauss y Gioconda María Elizabeth Krauss Sánchez, quienes actuando individual e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos o contratos que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con todas las facultades enumeradas en el presente artículo de los estatutos” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 13 de Mayo de 2020. VERÓNICA TORREALBA COSTABAL. Notario Suplente.