CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

UR GLOBAL LABORAL SpA

RUT 16607992-6 CVE 1761667
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
8 de mayo de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2020
Repertorio
6792
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a a) Asesoría en selección, formación y capacitación de personal; b) Prestación de servicios en materia de recursos humanos; y c) Administración y prestación de servicios de personal en negocios, construcciones, publicidad, seguridad y vigilancia, y todos aquellos negocios, actos o contratos relacionados con la prestación de servicios a nivel de recursos humanos

Administración

La sociedad será administrada por la constituyente de la forma indicada en la escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, Certifico que por escritura pública de 8 de mayo de 2020, bajo el repertorio 6792 ante mí Suplente don Juan Cristián Berríos Castro, Rosario Ariztia Tagle, cédula nacional de identidad N°16.607.992-6, domiciliada en calle Padre Mariano N°82, oficina 1102, comuna de Providencia, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “UR GLOBAL LABORAL SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. Objeto: a a) Asesoría en selección, formación y capacitación de personal; b) Prestación de servicios en materia de recursos humanos; y c) Administración y prestación de servicios de personal en negocios, construcciones, publicidad, seguridad y vigilancia, y todos aquellos negocios, actos o contratos relacionados con la prestación de servicios a nivel de recursos humanos. Duración: Indefinida. Capital: $2.000.000 de pesos, dividido en 2000 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal las cuales se suscriben y pagan en el acto de la constitución por el constituyente. Administración: La sociedad será administrada por la constituyente de la forma indicada en la escritura. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 11 de mayo de 2020.