CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MARTINEZ & HORMZABAL LIMITADA

CVE 1761700
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2020

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2020
Notario
Notario Suplente de Doña GABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO
Domicilio
Copiapó

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EXTRACTOCARLOS MORALES GONZALEZ, Notario Suplente de Doña GABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO, Notario Público Copiapó, Colipí 351, Certifican: Por escritura 13 Marzo 2020, firmaron, doña NIDIA PAOLA MARTINEZ PIZARRO, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, abogada, domicilio Batallón Valparaíso Nº 262, Copiapó, Cédula de Identidad Nº 12.617.7550; y doña CAROLINA ALEXANDRA HORMAZÁBAL SANTIBAÑEZ, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, psicóloga, domicilio El Palomar Nº 1419, Copiapó, Cédula de Identidad Nº 13.174.8655, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: "SOCIEDAD MARTINEZ & HORMZABAL LIMITADA", pudiendo usar nombre fantasía de "M & H LTDA.”. El objeto o giro de la empresa será el desarrollo de inversiones comerciales, Inmobiliarias e industriales de todo tipo: a) el de establecimiento de comida rápida, restaurante y gelatería, fábrica de helados, bares, fuentes de soda, pizzería, salón de té, cafetería, compra y venta de bebidas alcohólicas y similares. b) salas de eventos, servicios de banquetes, bodas y otras celebraciones, distribución y comercialización de toda clase de comidas preparadas, fabricación y distribución de helados, pastelería y toda clase de productos alimenticios, elaboración y preparación de bebidas no alcohólicas y toda clase de productos alimenticios, ya sea envasados o de producción propia, venta al por menor de productos de panadería, pastelería, venta de confites, cigarros y otros, y C) produccion de eventos en general y D) Todo lo anterior, es sin perjuicio del desarrollo de cualquier otra actividad directa o indirectamnete relacionadas con las anteriores, y que sean acordadas por ambos socios. La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a las socias CAROLINA ALEXANDRA HORMAZÁBAL SANTIBAÑEZ y NIDIA PAOLA MARTINEZ PIZARRO. El capital social será la suma de $500.000, que se aportan y pagan por cada socia la suma de $250.000. Responsabilidad, Las socias limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados de desde la fecha de suscripción de la presente escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada en el Registro de Comercio al margen de inscripción de la sociedad. Otras estipulaciones en escritura social extractada. COPIAPO, 13 DE MARZO DE 2020.