SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL SANTA CLARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2020
- Repertorio
- 170-2020
- Notario
- JANINA LORENA RODRÍGUEZ CORTÉS
- Oficio
- Segunda Notaría de San Carlos
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $55.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMODIFICACIÓN “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL SANTA CLARA LIMITADA” o “AGROCOMERCIAL SANTA CLARA LTDA” JANINA LORENA RODRÍGUEZ CORTÉS, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de San Carlos, domiciliada en calle Ernesto Zúñiga esquina Estado sin número, comuna de Ñiquén, CERTIFICO: Por escritura pública, de 24 de abril de 2020, Repertorio 170-2020, ante mí, doña ELISA DE LAS MERCEDES MATUS OÑATE, doña CLARIBEL ELISA MUÑOZ MATUS, y don ROBERTO ALFONSO MUÑOZ GONZÁLEZ, todos domiciliados en calle Matucana número doscientos diez de la comuna de Parral, Modificaron la “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL SANTA CLARA LIMITADA” o “AGROCOMERCIAL SANTA CLARA LTDA”, RUT 76.549.704-3. Inscrita a fojas 40 N°20 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Parral , correspondiente al año 2016.- Capital social $55.000.000.- Don ROBERTO ALFONSO MUÑOZ GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere todos sus derechos en la sociedad a doña ELISA DE LAS MERCEDES MATUS OÑATE, quien compra, acepta y adquiere para sí la totalidad de los derechos que el vendedor tenía en la sociedad.- El precio de la venta es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, pagados en este acto en dinero efectivo que el vendedor declara recibir a su entera satisfacción.- En consecuencia, se modifica: a) La CLÁUSULA PRIMERO, del pacto social “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL SANTA CLARA LIMITADA” o “AGROCOMERCIAL SANTA CLARA LTDA”, quedando como únicas socias doña ELISA DE LAS MERCEDES MATUS OÑATE y doña CLARIBEL ELISA MUÑOZ MATUS; b) La CLAUSULA NOVENO, del pacto social, la que se reemplaza por la siguiente: CLAUSULA NOVENO: Las utilidades se distribuirán entre las socias en un sesenta por ciento para la socia ELISA DE LAS MERCEDES MATUS OÑATE; en un cuarenta por ciento para la socia CLARIBEL ELISA MUÑOZ MATUS; y soportarán las pérdidas en la misma proporción. En lo demás se mantiene vigente el pacto social.- Demás clausulas constan en escritura extractada.- Ñiquén, 12 de Mayo de 2020.