Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2020
- Repertorio
- 6635
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de servicios de clases de idiomas a domicilio o en sede de la sociedad relacionados con idiomas extranjeros, tales como Ingles, Frances, entre otros que constituya un idioma no oficial, así como venta de libros, además de la relación de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios; b) La sociedad se comprenden también dentro del Objeto social, las actividades de rentistas de capitales mobiliarios en general, la obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; c) En general, toda otra actividad relacionada a lo anterior, o que los socios acuerden expresamente
Administración
Corresponderá como apoderado para administrar a la sociedad, al señor don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT, venezolano, soltero, cédula de identidad N° 25.589.320-3. El mandatario antes indicado, podrá representar a la sociedad actuando individualmente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público, Titular de la 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 06/05/2020, Repertorio Nº 6.635, ante mí, don DUMA PERSONNA, haitiano, soltero, cédula de identidad N° 24.961.920-5, domiciliado en Ismael Briceño número 1580, casa 11, comuna de Quilicura Región Metropolitana y expone: que viene en constituir una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: “PROFANDY LENGUAS SpA”.- OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de servicios de clases de idiomas a domicilio o en sede de la sociedad relacionados con idiomas extranjeros, tales como Ingles, Frances, entre otros que constituya un idioma no oficial, así como venta de libros, además de la relación de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios; b) La sociedad se comprenden también dentro del Objeto social, las actividades de rentistas de capitales mobiliarios en general, la obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; c) En general, toda otra actividad relacionada a lo anterior, o que los socios acuerden expresamente.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá como apoderado para administrar a la sociedad, al señor don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT, venezolano, soltero, cédula de identidad N° 25.589.320-3. El mandatario antes indicado, podrá representar a la sociedad actuando individualmente.- CAPITAL: la suma de $1.500.000 pesos, dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas según se da cuenta en el artículo primero transitorio.- DOMICILIO: Ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.- DURACIÓN: La sociedad tendrá una indefinida.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-