Compañía Marítima Chilena S.A.
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2020
- Notario
- MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN
- Oficio
- Sexta Notaría de Valparaíso
- Comuna
- Valparaíso
Objeto social
a) La explotación del negocio armatorial, que incluye la compra, la venta, el fletamento y la administración de naves; b) El transporte marítimo, y c) El establecimiento y explotación de agencias marítimas y de líneas de transporte; d) la adquisición, administración, explotación y operación de obras portuarias y la prestación de servicios portuarios de cualquier clase; e) la explotación, a cualquier título, de todo tipo de infraestructura que permita prestar servicios a las cargas.”; “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros que serán remunerados.”; “ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: El quórum para que sesione el Directorio será de tres Directores, a lo menos. Las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos y, en caso de empate, decidirá el voto de quien presida la reunión.”
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas de Compañía Marítima Chilena S.A | socio | 90596000-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Notario Público Titular Sexta Notaría de Valparaíso, con oficio en calle Prat 612, certifica: Con esta fecha ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Quincuagésima Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas de Compañía Marítima Chilena S.A., RUT 90.596.000-8, Capital actual 157.187.758,69 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso a fs. 209 N° 177 del año 1930, como asimismo, a fs. 156 N° 90 del año 1975, y como última y actual inscripción, a fs. 522 Nº 434 del año 2015, celebrada en mi presencia, el día 30 de Abril de 2020, en la que se acordó modificar los estatutos reemplazando el artículo cuarto sobre el objeto social, y los artículos décimo quinto y vigésimo primero, referidos, respectivamente, al número de directores y al quórum para que sesione el Directorio, quedando todos éstos de la siguiente manera: “ARTICULO CUARTO: La Compañía tiene por objeto: a) La explotación del negocio armatorial, que incluye la compra, la venta, el fletamento y la administración de naves; b) El transporte marítimo, y c) El establecimiento y explotación de agencias marítimas y de líneas de transporte; d) la adquisición, administración, explotación y operación de obras portuarias y la prestación de servicios portuarios de cualquier clase; e) la explotación, a cualquier título, de todo tipo de infraestructura que permita prestar servicios a las cargas.”; “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros que serán remunerados.”; “ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: El quórum para que sesione el Directorio será de tres Directores, a lo menos. Las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos y, en caso de empate, decidirá el voto de quien presida la reunión.” Demás estipulaciones, incluyendo facultad para requerir y firmar todas las anotaciones e inscripciones que fuesen pertinentes, en escritura extractada. Valparaíso, 30 de abril de 2020.