Instrumento
- Fecha
- 7 de abril de 2020
- Repertorio
- 431-2020
- Notario
- PEDRO PARRA AHUMADA
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Peñalolén
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Demás estipulaciones en escritura extractada
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, las que podrá llevar a cabo directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) La prestación de toda clase de asesorías y servicios en el área de la cultura, las artes, las comunicaciones y, en general, cualquiera que se relacione directa o indirectamente con las anteriores; la organización de actividades educacionales, artísticas, culturales y teatrales, con y sin fines de lucro; la producción, desarrollo, organización, promoción, comercialización y difusión de actividades artísticas, culturales y teatrales, incluyendo la realización de eventos masivo, montajes, presentaciones en vivo, entre otros; (b) La realización de inversiones y)o negocios de cualquier naturaleza; la compra, venta, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles; (c) La constitución y participación en sociedades, asociaciones y comunidades de cualquier tipo, naturaleza u objeto, corporaciones, joint ventures, fondos de inversión y organizaciones en general, así como ingresar a las ya existentes; y (d) En general, la realización de cualquier otra actividad relacionada a lo anteriormente señalado, o que el o los accionista/s) estimen convenientes o necesarios desarrollar para el buen éxito de los negocios sociales, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos
Administración
La representación judicial y extrajudicial, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador, quién podrá ser o no accionista de la Sociedad, o una persona natural o jurídica, y quien la ejercerá actuando a través de representantes o apoderados que designe y autorice al efecto por medio de una escritura pública que se anotará al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio del lugar de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO PARRA AHUMADA, Notario Público Santiago, del Titular Primera Notaría Peñalolén, con oficio en Avenida Grecia 5616, 2º Piso, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de Abril de 2020, bajo repertorio N°431-2020, otorgada ante mí, (a) doña Teresita Iacobelli Delpiano, cédula nacional de identidad Nº14.148.588-1, domiciliada para estos efectos en Obispo Donoso Nº37, departamento 33, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; y (b) don Daniel Córdova Zúñiga, cédula nacional de identidad Nº7.329.336-7, domiciliado para estos efectos en calle Luis Carrera Nº1.263, oficina 202-A, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: NOMBRE: Belova Iacobelli SpA, en adelante la “Sociedad”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, las que podrá llevar a cabo directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) La prestación de toda clase de asesorías y servicios en el área de la cultura, las artes, las comunicaciones y, en general, cualquiera que se relacione directa o indirectamente con las anteriores; la organización de actividades educacionales, artísticas, culturales y teatrales, con y sin fines de lucro; la producción, desarrollo, organización, promoción, comercialización y difusión de actividades artísticas, culturales y teatrales, incluyendo la realización de eventos masivo, montajes, presentaciones en vivo, entre otros; (b) La realización de inversiones y/o negocios de cualquier naturaleza; la compra, venta, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles; (c) La constitución y participación en sociedades, asociaciones y comunidades de cualquier tipo, naturaleza u objeto, corporaciones, joint ventures, fondos de inversión y organizaciones en general, así como ingresar a las ya existentes; y (d) En general, la realización de cualquier otra actividad relacionada a lo anteriormente señalado, o que el o los accionista/s/ estimen convenientes o necesarios desarrollar para el buen éxito de los negocios sociales, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $500.000, dividido en 500 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal, el que el que se suscribió íntegramente en el acto de constitución de la Sociedad por sus accionistas, de acuerdo a lo siguiente: (a) doña Teresita Iacobelli Delpiano suscribió 250 acciones, equivalentes a $250.000; y (b) don Daniel Córdova Zúñiga, suscribió 250 acciones equivalentes a $250.000. Las acciones suscritas señaladas anteriormente se pagarán por los accionistas dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, a medida que las necesidades sociales lo requieran. DURACIÓN: La duración de la Sociedad es indefinida. ADMINISTRACIÓN: La representación judicial y extrajudicial, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador, quién podrá ser o no accionista de la Sociedad, o una persona natural o jurídica, y quien la ejercerá actuando a través de representantes o apoderados que designe y autorice al efecto por medio de una escritura pública que se anotará al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio del lugar de su domicilio social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de Abril de 2020.-