EMPRESA PERIODISTICA BIO BIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de septiembre de 1958
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MIGUEL LUIS ZUNINO BESNIER | socio | 8417091-7 | — | — | |
| MIGUEL IGNACIO ZUNINO VALENZUELA | socio | 18523657-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 09 de abril de 2020, REP. N°7100-2020, ante mí: don MIGUEL LUIS ZUNINO BESNIER, empresario, CI N° 8.417.091-7, en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de EMPRESA PERIODISTICA BIO BIO LIMITADA, y don MIGUEL IGNACIO ZUNINO VALENZUELA, ingeniero comercial, CI N° 18.523.657-9, en su calidad de Secretario del mismo Consejo y actuando en este acto como Ministro de Fe, ambos domiciliados en calle Colo Colo número cuatrocientos sesenta y cuatro, segundo piso, ciudad y comuna de Los Ángeles, redujeron a escritura pública partes pertinentes del acta de Junta General Extraordinaria de Socios en donde consta una modificación a los estatutos de la sociedad “EMPRESA PERIODISTICA BIO BIO LIMITADA”, constituida por escritura pública de 17 de septiembre de 1958, otorgada en la Notaría de Los Ángeles de Jorge Arturo Araneda de la Jara, cuyo extracto se inscribió a fojas 81 vuelta número 86 del Registro de Comercio de 1958 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y publicado en el Diario Oficial de 16 de octubre de 1958. La Junta General Extraordinaria de socios fue celebrada el día 17 de Julio de 2019, en donde se acordó modificar el artículo Vigésimo Quinto de los estatutos de la sociedad “EMPRESA PERIODISTICA BIO BIO LIMITADA”, quedando en definitiva del siguiente tenor: “Artículo Vigésimo Quinto: Las Juntas Generales serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras deberán celebrarse dentro del mes de abril de cada año. Corresponderá al Presidente del Consejo de Administración recordar los socios por medio de circulares y de avisos la celebración de cada Junta General Ordinaria.” Los socios limitan su responsabilidad personal hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado expresamente por la presente escritura, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales de la EMPRESA PERIODISTICA BIO BIO LIMITADA. Santiago, 29 de abril de 2020.