DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA OVO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2020
- Notario
- RICARDO HUMBERTO ROJAS PUGA
- Domicilio
- Quilpué
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
CUATRO.- En lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo y sus respectivas modificaciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO HUMBERTO ROJAS PUGA, abogado, Notario Público de Quilpué, Suplente del Titular don Carlos Swett Muñoz, con oficio en esta ciudad, calle Portales setecientos noventa, segundo piso, CERTIFICA: Por escritura hoy ante mí, don JAIME ANDRES FIGUEROA ZEGERS, chileno, divorciado, comerciante, cédula de identidad número siete millones quinientos nueve mil seiscientos setenta y cuatro guión siete; doña JOHANNA ALEJANDRA SILVA DIAZ, chilena, casada bajo el régimen separación total de bienes, comerciante, cédula de identidad número trece millones quinientos cuarenta y cuatro mil ciento veintiocho guión siete; y don CARLOS ALBERTO CALDERON MOREIRA, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número quince millones ochenta y cuatro mil cuatrocientos cinco guión tres, todos domiciliados para estos efectos en calle Proyectada número quinientos veintiocho, Comuna de Quilpué, Región de Valparaíso, modifican la Sociedad “DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA OVO LIMITADA”, sociedad comercial del giro de su denominación, Rol único Tributario 76.778.260-8, constituida por escritura pública de fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil seis, otorgada en Viña del Mar, ante la Notario Suplente de la cuarta notaria doña Alice Monckertan Lizana, de la titular doña María Victoria Lucares Robledo, cuyo extracto fue inscrito a fojas doscientos cuarenta y nueve vuelta número doscientos veintisiete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué del año dos mil seis, con un capital social vigente de $1.000.000, consiste en: UNO.- don JAIME ANDRES FIGUEROA ZEGERS se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere el total de su participación, equivalente al cincuenta por ciento del capital social a don CARLOS ALBERTO CALDERON MOREIRA, quien compra, acepta y adquiere para sí, los referidos derechos que le corresponden en la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos), dinero que se entera en efectivo, en este acto y a completa satisfacción del cedente. DOS.- Como consecuencia de la cesión y venta de la cláusula anterior, quedan como únicos socios de la sociedad DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA OVO LIMITADA, cuyo nombre de fantasía es “DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA OVO LTDA”, doña JOHANNA ALEJANDRA SILVA DIAZ y don CARLOS ALBERTO CALDERON MOREIRA, cada uno con el cincuenta por ciento de los derechos sociales. TRES.- Que los actuales socios vienen en modificar la cláusula cuarta de la escritura de constitución, señalando que la administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios, esto es a doña JOHANNA ALEJANDRA SILVA DIAZ y a don CARLOS ALBERTO CALDERON MOREIRA, quienes podrán actuar, anteponiendo la razón social a su respectiva firma y de este modo tendrán, las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenios de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. CUATRO.- En lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo y sus respectivas modificaciones. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Quilpué, 05 Mayo 2020.-