MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSEGUROS CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA

RUT 76080713-3 CVE 1759479
Fecha instrumento
6 de mayo de 2020

Instrumento

Fecha
6 de mayo de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Domicilio
con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, Comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de mayo de 2020, ante mi, JAVIER IGNACIO DE LA MAZA MATURANA, domicilio en Avenida El Bosque Norte Nº 0123, oficina 701, Comuna de Las Condes, Santiago; y doña ANA MARÍA SWINBURN CORREA, domicilio en Camino Los Lagares Nº 7.132, Comuna de Vitacura, Santiago, modifican sociedad “TRANSEGUROS CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2009, inscrita a fojas 58.787 número 40.962 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009 y publicada en el Diario Oficial con fecha 04 de diciembre de 2009, en el siguiente sentido: A) Se modifica la Cláusula Segunda de los estatutos sociales, la que en definitiva queda de la siguiente forma: “SEGUNDO: Razón Social: El nombre o razón social será “PROBENEFIT CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA”, pudiendo también usar como nombre de fantasía, “Probenefit Ltda.”. B) Se modifica la Cláusula Quinta de los estatutos sociales, por lo que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Javier Ignacio de la Maza Maturana, amplias facultades. C) Se modifica la Cláusula Décima de los estatutos sociales, la que en definitiva queda de la siguiente forma: “DÉCIMA: Disolución: La sociedad se disolverá por las causales legales. La muerte, disolución, inhabilidad, insolvencia sobreviniente y/o quiebra personal de cualquiera de los socios de la sociedad, distintos a don Javier Ignacio de la Maza Maturana, no producirá la disolución de la misma, la que continuará con sus representantes legales o con los herederos del socio fallecido, debiendo estos últimos designar un mandatario común que los represente ante la sociedad, el que no tendrá facultades de administración ni podrá usar la razón social. En caso de fallecimiento, inhabilidad, insolvencia sobreviniente y/o quiebra personal de don Javier Ignacio de la Maza Maturana, la sociedad continuará con su representante legal o con sus herederos, debiendo nombrarse un reemplazante del administrador de la sociedad, que deberá reunir y acreditar ante la autoridad respectiva, que cumple con los requisitos para ser Corredor de Seguros.” En todo lo no modificado, continuarán vigentes las cláusulas de los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago 07 de Mayo de 2020.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.