MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERIA Y SERVICIOS BORGOTEC ELÉCTRIC LIMITADA

RUT 76197558-7 CVE 1759359
Fecha instrumento
5 de enero de 2012

Instrumento

Fecha
5 de enero de 2012
Notario
Cristián Andrés Del Fierro Ruedlinger
Domicilio
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Cristián Andrés Del Fierro Ruedlinger, Notario Público Santiago, Suplente del Titular, Pedro Sadá Azar, Paseo Ahumada 254 Of. 401 certifico: Por escritura hoy, ante mí, don ANGELO JULIO DINI PIZARRO, chileno, casado, abogado, C.I. N° 13.882.014-9, quien comparece por sí, y en su calidad de heredero intestado de don FRANCISCO MÁXIMO DINI FAJARDO; don GIOVANNI FRANCISCO DINI PIZARRO, chileno, soltero, empresario, C.I. N° 12.485.099-1, quien comparece en su calidad de heredero intestado de don FRANCISCO MÁXIMO DINI FAJARDO; y doña GUACOLDA DEL CARMEN PIZARRO HERRERA, chilena, viuda, jubilada, C.I. N° 5.893.283-3, quien comparece en su calidad de heredera intestada y conyugue sobreviviente de don FRANCISCO MÁXIMO DINI FAJARDO, todos domiciliados para estos efectos en calle Juan Enrique Concha N°302, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; siendo los comparecientes la totalidad de los integrantes de la mencionada comunidad hereditaria. Todos los comparecientes son mayores de edad, quienes me acreditaron sus identidades con las cédulas antes referidas y que exponen lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I.- DE LA ESCRITURA PRIMIGENIA: Que por escritura pública de fecha 5 de enero del año 2012, suscrita ante la Notario Público de San Miguel-La Granja, doña Dora Silva Letelier, se constituyó la sociedad “INGENIERIA Y SERVICIOS BORGOTEC ELÉCTRIC LIMITADA”, o “BORGOTEC ELÉCTRIC LTDA.”, la cual se fundó con los siguientes socios: A).- don Francisco Máximo Dini Fajardo, quien detentaba el 97% de los derechos sociales, y por otra parte B).- don Angelo Julio Dini Pizarro, detentando un 3% de dichos derechos en la sociedad en comento. Extracto de dicha escritura de constitución se procedió a inscribir en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 1.858, N°1261, del día 6 de enero del año 2012. A su vez, extracto de la misma, fue publicado en el Diario Oficial N°40.158, del día miércoles 11 de enero del año 2012.- II.- DEL FALLECIMIENTO DE UNO DE LOS SOCIOS: Con fecha 31 de marzo del año 2016, fallece intestado el socio don Francisco Máximo Dini Fajardo, quedando a la fecha de su expiración en sus calidades de herederos legítimos y a titulo universal su sucesión compuesta por su conyugue sobreviviente, doña GUACOLDA DEL CARMEN PIZARRO HERRERA, y sus dos hijos don ANGELO JULIO DINI PIZARRO Y DON GIOVANNI FRANCISCO DINI PIZARRO, todos ya individualizados, según se desprende de certificado de auto de posesión efectiva N°53.493 del año 2016, folio número 00051084682, y código de verificación 580482110846827361745, otorgado por el Registro Civil E Identificación de Chile. Por lo anterior, los derechos sociales que poseía el causante don Francisco Máximo Dini Fajardo en la sociedad “INGENIERIA Y SERVICIOS BORGOTEC ELÉCTRIC LIMITADA”, o “BORGOTEC ELÉCTRIC LTDA.”, se transmitieron a su sucesión hereditaria compuesta por doña Guacolda del Carmen Pizarro Herrera, don Giovanni Francisco Dini Pizarro y don Angelo Julio Dini Pizarro, ya individualizados.- SEGUNDO: MODIFICACIÓN: Que por este acto, se viene en modificar la sociedad en el sentido de que se incorporan a la presente en calidad de socios de la misma la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento del socio don Francisco Máximo Dini Fajardo, esto es, la compuesta por su conyugue sobreviviente, doña GUACOLDA DEL CARMEN PIZARRO HERRERA, y sus dos hijos don ANGELO JULIO DINI PIZARRO Y DON GIOVANNI FRANCISCO DINI PIZARRO, quienes designan al señor GIOVANNI FRANCISCO DINI PIZARRO como representante y mandatario de la comunidad hereditaria en la sociedad, todo lo anterior cumpliendo con los estatutos de constitución de sociedad “INGENIERIA Y SERVICIOS BORGOTEC ELÉCTRIC LIMITADA”, o “BORGOTEC ELÉCTRIC LTDA.”, de fecha 5 de enero del año 2012, suscrita ante la Notario Público de San Miguel-La Granja, doña Dora Silva Letelier, según lo establecido en la cláusula Décimo Tercera de dichos estatutos sociales.- TERCERO: PARTICIPACIÓN EN DERECHOS SOCIALES: De esta forma, la comunidad hereditaria ya aludida en la cláusula anterior, viene en transformase en la propietaria del 97% de los derechos sociales que detentaba en la misma el causante don Francisco Máximo Dini Fajardo.- y el restante 3% lo detenta el socio don Angelo Julio Dini Pizarro. CUARTO: En lo no modificado en la presente escritura, rigen todas y cada una de las cláusulas establecidas en el pacto constitutivo de sociedad “INGENIERIA Y SERVICIOS BORGOTEC ELÉCTRIC LIMITADA”, o “BORGOTEC ELÉCTRIC LTDA.”, de fecha 5 de enero del año 2012.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 23 de MARZO 2020.-