GUTIERREZ, WAUGH, JIMENO, ASENJO, ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2020
- Comuna
- Santiago don
Sociedad
- Capital
- $12.800.000 CLP
- Domicilio
- Domicilio Sociedad ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Duración Sociedad veinticinco años a contar de escritura de transformación Gutiérrez, Jimeno y Asenjo y Cía a Gutiérrez, Waugh, Jimeno y Asenjo Abogados Ltda de fecha 17 enero 2007. Plazo prorrogará tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos cinco años, salvo alguno de los socios manifieste voluntad poner término Sociedad, mediante escritura pública que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio margen de la inscripción Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. d) Capital social y
Administración
El nombre o razón social sociedad es Gutiérrez, Waugh, Jimeno, Asenjo, Abogados Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales la sigla "Gutiérrez y Cía. Ltda." y)o "GWJA Abogados Ltda.". Uso de la razón social y administración de la sociedad con amplias facultades corresponde a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente. b)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJoaquín Labbé Donoso, Notario Suplente del Titular de la 45° Notaría de Santiago don René Benavente Cash, Huérfanos 979, 7° piso, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 3 de marzo de 2020, ante mí, PEDRO PABLO GUTIÉRREZ PHILIPPI, domiciliado Avda Isidora Goyenechea 3.477, piso 23, Las Condes, Stgo.; JORGE ALFREDO WAUGH CORREA, domiciliado Avda Isidora Goyenechea 3.477, piso 23, Las Condes, Stgo.; CRISTÓBAL EMILIANO JIMENO CHADWICK, domiciliado Piedra Roja 1.058, Las Condes, Stgo; JUAN FRANCISCO ASENJO CHEYRE, domiciliado Pocuro 2.976, Providencia, Stgo; JOAQUÍN JOSÉ CASTILLO LEÓN, domiciliado Camino del Chin 3.738-E, Lo Barnechea, Stgo.; y EUGENIO BARTOLOMÉ VALLADARES BONET, domiciliado Álvaro Casanova 2.354-K, La Reina, Stgo, celebraron "Cesión de Derechos, Modificación de Sociedad y Texto Refundido de sociedad GUTIERREZ, WAUGH, JIMENO, ASENJO, ABOGADOS LIMITADA", inscrita fs. 3.794 Nº 2.904 Reg. Com. CBR Stgo. año 2007. 1. Cesión de Derechos: a) Pedro Pablo Gutiérrez Philippi vende, cede y transfiere a Eugenio Bartolomé Valladares Bonet el 1% de los derechos de la Sociedad; b) Jorge Alfredo Waugh Correa vende, cede y transfiere a Eugenio Bartolomé Valladares Bonet el 1% de los derechos de la Sociedad; c) Cristóbal Emiliano Jimeno Chadwick vende, cede y transfiere a Eugenio Bartolomé Valladares Bonet el 1% de los derechos de la Sociedad; d) Juan Francisco Asenjo Cheyre vende, cede y transfiere a Eugenio Bartolomé el 1% de los derechos de la Sociedad. Producto de las cesiones precedentes, Eugenio Bartolomé Valladares Bonet ingresa como socio con el 4% de los derechos de la Sociedad. 2. Modificación estatutos: Consecuencia socios acuerdan modificar artículo quinto estatutos sociales: "ARTÍCULO QUINTO: Del capital social. El capital de la sociedad es la suma ascendente a $12.800.000, que se encuentra pagado y enterado en arcas sociales y que se distribuye entre los socios en los porcentajes siguientes: a) Pedro Pablo Gutiérrez Philippi, la cantidad de $2.944.000, equivalentes al veintitrés por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagado con esta fecha; b) Jorge Alfredo Waugh Correa, la cantidad de $2.944.000, equivalentes al veintitrés por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagado con esta fecha; c) Cristóbal Emiliano Jimeno Chadwick, la cantidad de $2.944.000, equivalentes al veintitrés por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagado con esta fecha; d) Juan Francisco Asenjo Cheyre, la cantidad de $2.944.000, equivalentes al veintitrés por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagado con esta fecha; e) Joaquín José Castillo León, la cantidad de $512.000, equivalentes al cuatro por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagado con esta fecha y f) Eugenio Bartolomé Valladares Bonet la cantidad de quinientos doce mil pesos, equivalentes al cuatro por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagado con esta fecha." 3.- Texto refundido estatutos: Consecuencia socios acuerdan un texto refundido de los estatutos que contiene, entre otras, las siguientes disposiciones: a) Razón social y administración. El nombre o razón social sociedad es Gutiérrez, Waugh, Jimeno, Asenjo, Abogados Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales la sigla "Gutiérrez y Cía. Ltda." y/o "GWJA Abogados Ltda.". Uso de la razón social y administración de la sociedad con amplias facultades corresponde a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente. b) Domicilio. Domicilio Sociedad ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio pueda establecer agencias, sucursales u oficinas resto país o extranjero. c) Duración. Duración Sociedad veinticinco años a contar de escritura de transformación Gutiérrez, Jimeno y Asenjo y Cía a Gutiérrez, Waugh, Jimeno y Asenjo Abogados Ltda de fecha 17 enero 2007. Plazo prorrogará tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos cinco años, salvo alguno de los socios manifieste voluntad poner término Sociedad, mediante escritura pública que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio margen de la inscripción Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. d) Capital social y socios. El capital Sociedad es $12.800.000, encuentra pagado y enterado en arcas sociales y distribuye entre los socios en los porcentajes siguientes: a) Pedro Pablo Gutiérrez Philippi, cantidad de $2.944.000, equivalentes 23% derechos sociales, íntegramente pagado; b) Jorge Alfredo Waugh Correa, cantidad de $2.944.000, equivalentes 23% derechos sociales, íntegramente pagado; c) Cristóbal Emiliano Jimeno Chadwick, cantidad de $2.944.000, equivalentes 23% derechos sociales, íntegramente pagado; d) Juan Francisco Asenjo Cheyre, cantidad de $2.944.000, equivalentes 23% derechos sociales, íntegramente pagado; e) Joaquín José Castillo León, cantidad de $512.000, equivalentes 4% derechos sociales, íntegramente pagado; y f) Eugenio Bartolomé Valladares Bonet, cantidad de $512.000, equivalentes 4% derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 25 de Marzo de 2020.