MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercializadora Multisabor SpA

RUT 77099378-4 CVE 1759609
Fecha instrumento
26 de febrero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2020
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COMERCIALIZADORA MULTISABOR SpA sociedad del giro de su denominación socio 77099378-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 26 de Febrero de 2020, otorgada ante mí, don RAMON FRANCISCO ESPINOZA CANCINO, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad N° 17.727.719-3, Avenida Raúl Labbé 12613, oficina 505, Lo Barnechea, Región Metropolitana, redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de COMERCIALIZADORA MULTISABOR SpA sociedad del giro de su denominación, RUT N° 77.099.378-4, cuyo extracto se inscribió en el Reg. Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 92.950 N° 45.660 año 2019, publicada D. Oficial de 25 de Febrero año 2020 , y en la cual se practicaron las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: Uno) MODIFICAR LOS ESTATUTOS SOCIALES DE LA COMPAÑÍA. El presidente, da a conocer a la Junta, que según escritura pública de constitución de sociedad de fecha diecinueve de noviembre del año dos mil diecinueve se regulo, en su título tercero, articulo duodécimo, la administración de la sociedad y en quien recaía esta. Al efecto, el presidente de la Junta hace presente, atendida a las necesidades de la compañía, modificar íntegramente el referido artículo duodécimo, del título tercero de los estatutos de la compañía, entregando la administración de esta, a un único administrado, quien será también gerente general de la compañía. En consecuencia, se sustituye íntegramente el articulo duodécimo, del título tercero, de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTICULO DUODÉCIMO: La sociedad será administrada por ENRIQUE WILFRED ETCHEGARAY AUBRY, chileno, casado, médico veterinario, cédula l de identidad N° 5.209.022-9, domiciliado en Raúl Labbé N° 12613, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, quién será también gerente general de la sociedad, de duración indefinida, la que podrá ser revocada o sustituida en cualquier tiempo, mediante acuerdo adoptado en Junta Ordinaria de Accionistas, o por su única accionista. Se incorporará al mismo titulo tercero de los estatutos sociales, un articulo duodécimo bis, que quedará como sigue: “Articulo duodécimo bis. Remuneración. El administrador no será remunerado por el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de lo que puedan acordar los accionistas en el futuro, caso en el cual la remuneración deberá ser determinada, aprobada o ratificada, por la junta ordinaria de accionistas. Se incorporará al mismo titulo tercero de los estatutos sociales, un articulo duodécimo tercero, que quedara como sigue: Artículo duodécimo tercero: El administrador y gerente general, representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la junta general de accionistas, inclusive de aquellas necesarias para la celebración de actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial, quien actuando por la sociedad y anteponiendo el nombre de la sociedad a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y ejercer todas y cada una de las facultades que se señalan en el artículo vigésimo sexto de los estatutos sociales, pactados en la constitución de la misma. Se sustituye el articulo décimo tercero, del título tercero de los estatutos sociales, por el siguiente: Articulo décimo tercero: Sin perjuicio de lo anterior de la forma de administración establecida precedentemente, la sociedad podrá, previo acuerdo de la compañía, alcanzado en Junta Extraordinaria de accionistas, entregar la administración a un Directorio compuesto por tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de Accionistas. La renovación del Directorio será total y se efectuará al final de su periodo, cuya duración será de 3 años. Los Directores podrán ser reelegidos, indefinidamente en sus funciones. Los Directores no serán remunerados. Se sustituye el artículo, vigésimo quinto, del título cuarto, de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTICULO VIGESIMO QUINTO: La sociedad será administrada por don ENRIQUE WILFRED ETCHEGARAY AUBRY, chileno, casado, médico veterinario, cédula de identidad N° 5.209.022-9, domiciliado en Raúl Labbé N° 12613, Lo Barnechea, Región Metropolitana, quién será también gerente general de la sociedad, y actuara conforme a las facultades que se le confieren en el artículo vigésimo sexto de los estatutos sociales”. Dos)RATIFICAR FACULTADES CONFERIDAS AL ADMINISTRADOR Y GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA EN LOS ESTATUTOS SOCIALES. El presidente del directorio da a conocer, que, atendida la modificación a los estatutos sociales señalada precedentemente, se hace necesario ratificar las facultades entregadas al administrador y gerente general de la compañía, señaladas en el artículo vigésimo sexto de los estatutos sociales. Al efecto, y por unanimidad de los presentes, se acuerda ratificar en su totalidad las facultades del administrador y gerente general entregadas en el artículo vigésimo sexto de los estatutos sociales, y que ejercerá don ENRIQUE WILFRED ETCHEGARAY AUBRY, chileno, casado, médico veterinario, cédula de identidad N° 5.209.022-9, domiciliado en Raúl Labbé 2613, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 12 de Marzo de 2020.-