COMERCIAL Y GASTRONÓMICA KATSU SUSHI IQUIQUE LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ABNER BERNABÉ POZA MATUS
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABNER BERNABÉ POZA MATUS, Notario Público Iquique, Serrano número 191; Certifico que por escritura pública hoy ante mí, ALEJANDRO SAMUEL VERGARA PIZARRO, LORETO MARIBEL LEYTON LABBÉ, DANIEL ENRIQUE CHIBANA, PABLO ALEJANDRO VILLEGAS CARDONA, MOISÉS LIMBERT CHIRILLA APAZA, todos comerciantes, domiciliados Iquique, modifican sociedad “COMERCIAL Y GASTRONÓMICA KATSU SUSHI IQUIQUE LIMITADA” o nombre de fantasía “KATSU SUSHI IQUIQUE LTDA.”, Rut. N° 76.761.450-0, capital social de $3.000.000.- en el sentido que socio ALEJANDRO SAMUEL VERGARA PIZARRO, dueño del 50% de participación social, vende, cede y transfiere a DANIEL ENRIQUE CHIBANA 60% de su participación social en $1.500.000.-, quien paga este acto, -dinero efectivo moneda corriente legal-, precio entera conformidad vendedor, quien acepta. Asimismo, socio saliente ALEJANDRO SAMUEL VERGARA PIZARRO, dueño 20% restante participación social, vende, cede y transfiere a PABLO ALEJANDRO VILLEGAS CARDONA total participación social en $1.000.000.-, quien paga este acto, dinero efectivo moneda corriente legal-, a entera conformidad del vendedor quien acepta. Por otra parte, socia LORETO MARIBEL LEYTON LABBÉ, dueña 50% de participación social, vende, cede y transfiere a PABLO ALEJANDRO VILLEGAS CARDONA 50% de su participación social en $1.250.000.-, quien paga en este acto, dinero efectivo moneda corriente legal, a entera conformidad de vendedora, quién acepta. Asimismo, socia saliente LORETO MARIBEL LEYTON LABBÉ, dueña 25% restante participación social, vende, cede y transfiere a MOISES LIMBERT CHIRILLA APAZA total participación, esto es, 25% participación social en $1.250.000.-, quien paga en este acto, -en dinero efectivo en moneda corriente legal-, a entera conformidad de la vendedora, quien acepta. Por este acto, los socios salientes y los socios que ingresan a la sociedad, se dan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito, como asimismo, los socios salientes con la sociedad, asumiendo toda la responsabilidad civil, penal y tributaria que les pudiera caber a los socios salientes a los socios que ingresan a la sociedad. Todas estas liquidaciones recíprocas y salvaguardias se hacen teniendo presente y en conformidad a lo expresado artículos 69 y 71 Código Tributario. Quedan únicos socios: a) DANIEL ENRIQUE CHIBANA con 30 ava parte capital social; b) PABLO ALEJANDRO VILLEGAS CARDONA, con 45 ava parte capital social; y c) MOISÉS LIMBERT CHIRILLA APAZA, con 25 ava parte capital social. En todo lo no modificado, continuará vigente en todas y cada una de sus partes pacto constitución social y modificaciones anteriores. Demás estipulaciones contrato extractado. Iquique, 27 de Abril de 2020.-