SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA MAFE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2019
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Notario público Viña del Mar, Arlegui 333, oficina 111, certifico: que por escritura pública otorgada hoy, ante mí, doña MADELAINE NANCY DURÁN OLIVARES y don FELIPE ALEJANDRO ÓRDENES CORTES, ambos domiciliados en calle José Miguel Carrera número trescientos noventa y siete, Departamento ochocientos dos, Edificio Abancay, sector de Recreo, comuna de Viña del Mar; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA MAFE LIMITADA", constituida con fecha 25 de febrero de 2019, ante el Notario Público de Viña del Mar, don Francisco Javier Fuenzalida Rodriguez, el extracto fue publicado en la Edición del diario Oficial N° 42.292, de fecha 28 de febrero de 2019 y rola inscrito a fojas 405 v número 296 del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. El Capital actual de la Sociedad es de $1.000.000. El socio FELIPE ALEJANDRO ÓRDENES CORTES, dueño del 50%, del capital, haber e interés social, vende, cede y transfiere el 20% de sus derechos a doña MADELAINE NANCY DURÁN OLIVARES, quien los compra, acepta y adquiere para si en la cantidad de doscientos mil pesos, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; suma que el cedente declara recibir a su entera conformidad y satisfacción. En consecuencia, la SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA MAFE LIMITADA, ha quedado con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) doña MADELAINE NANCY DURÁN OLIVARES, con un 70% de los derechos sociales; b) FELIPE ALEJANDRO ÓRDENES CORTES, con un 30% de los derechos sociales. Distribuyendo en iguales proporciones las utilidades y pérdidas de la compañía. En todo lo no modificado se mantienen vigentes estipulaciones del pacto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Portador facultado para la inscripción y legalización. Viña del Mar, 30 de abril de 2020.