MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES NUEVA ESPERANZA SpA

RUT 76873636-7 CVE 1758509
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2018

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2018
Notario
ÁLVARO GONZALO MERA CORREA
Domicilio
para las comunas de Constitución y Empedrado

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZALO MERA CORREA, Abogado, Notario Público Titular para las comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en calle O´Higgins número 499-A, de Constitución, certifica: Mediante escritura pública otorgada con fecha 30 de abril del presente año, ante mí, doña NANCY DEL CARMEN MUÑOZ MIÑO, domiciliada en calle Freire número 586, oficina 5 de Constitución, en representación de don JAIME ANDRÉS CORRAL RODRÍGUEZ, domiciliado en Kilómetro 25 camino a San Javier, comuna de Constitución y de don ERNESTO BENJAMÍN CORRAL RODRÍGUEZ, domiciliado en Calle Merced número 356, comuna de Santiago, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “INVERSIONES NUEVA ESPERANZA SpA”, nombre de fantasía “NUEVA ESPERANZA SpA.”, RUT 76.873.636-7, Capital social: $10.000.000.- constituida mediante escritura pública de fecha 05 de marzo del año 2018, suscrita ante Notario Público de Constitución, don Álvaro Gonzalo Mera Correa.- Complementa escritura pública de saneamiento de sociedad indicada, suscrita con fecha 12 de marzo de 2020, ante Notario Público de Constitución, don Álvaro Gonzalo Mera Correa, relativo a un tercer posible vicio formal de nulidad del “pacto social” contenido en la cláusula SEXTA letra b) del mismo, consistente en la disconformidad entre las letras y el número en el aporte de uno de los socios, que dice: “b) ERNESTO BENJAMÍN CORRAL RODRÍGUEZ, suscribe 50 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de diez millones de pesos ($5.000.000.-), del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que ingresan en este acto a la caja social.-“ , agregando el siguiente texto, a las letras A) y B) ya existentes, de la cláusula TERCERA de la referida escritura de saneamiento: “C) Se modifica y cambia la cláusula SEXTA letra b) del pacto social, en el siguiente sentido: “b) ERNESTO BENJAMÍN CORRAL RODRÍGUEZ, suscribe 50 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-), del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que ingresan en este acto a la caja social.”. Con la presente complementación de “la escritura de saneamiento” se tendrán por subsanados y saneados todos los posibles vicios de nulidad de que pueda adolecer el pacto social original, debiendo entenderse que la presente escritura de complementación y la de saneamiento forman parte integrante del pacto social para todos los efectos legales.- En todo demás, se mantienen íntegras e intactas las estipulaciones de “la escritura de saneamiento” y del “pacto social”.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Constitución, 05 de mayo de 2020.