INVERSIONES CyC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2020
- Notario
- María Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por aviso enviado mediante carta certificada al domicilio señalado en este acto a cada uno de los socios, con una antelación no menor a 30 días antes de la fecha de vencimiento
Objeto social
a) La adquisición, compra, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, arriendo, subarrendamiento e inversión en todo tipo de bienes inmuebles; b) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, certificado de depósito, documentos negociables o valores mobiliarios y demás efectos de comercio, cuotas o derechos en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones y en cualquier otra clase de títulos o valores mobiliarios; c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo
Administración
indistintamente a ambos socios, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Patricia Donoso Gomien, Notario Publico Titular de la 27° Notaría de Santiago, oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por Escritura Pública de fecha de hoy ante mí, JUAN JOSÉ CONTRERAS MALLEA, chileno, casado, ingeniero civil eléctrico, C.I. 17.919.440-6, domiciliado en Avenida Independencia 2264, comuna de Independencia, Santiago, Región Metropolitana; y don JUAN FRANCISCO CONTRERAS ROMERO, chileno, casado, factor de comercio, C.I. 8.558.371-9, domiciliado en Vicuña Rozas 5251, comuna de Quinta Normal, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE EMPRESA: "INVERSIONES CyC LIMITADA"; nombre fantasía "CyC LTDA”. ADMINISTRACION: indistintamente a ambos socios, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición. DOMICILIO: Santiago. OBJETO: a) La adquisición, compra, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, arriendo, subarrendamiento e inversión en todo tipo de bienes inmuebles; b) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, certificado de depósito, documentos negociables o valores mobiliarios y demás efectos de comercio, cuotas o derechos en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones y en cualquier otra clase de títulos o valores mobiliarios; c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo. CAPITAL: $1.000.000.-. aportados de la siguiente forma: a) el socio Juan José Contreras Mallea aporta la suma de $500.000.-, correspondientes al 50% de los derechos sociales; b) El socio Juan Francisco Contreras Romero aporta la suma de $500.000.-, correspondientes al 50% de los derechos sociales. DURACIÓN: 5 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por aviso enviado mediante carta certificada al domicilio señalado en este acto a cada uno de los socios, con una antelación no menor a 30 días antes de la fecha de vencimiento. Demás estipulaciones constan en pacto social original. Santiago 05 de mayo del año 2020.