Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, alquiler, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, fabricación, producción y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo artículos y productos de aseo, limpieza e higiene; de productos para mascotas en sentido amplio, ya sean medicamentos de uso veterinario, alimento para mascotas, animales en general y sus accesorios y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y d) Concurrir a la formación y)o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 30/04/2020 ante mí: don RAMÓN ALBERTO RODRÍGUEZ BRICEÑO, con domicilio en Araucanía Nº 1.543, villa Mapocho, Cerro Navia, y don GONZALO JAVIER OLGUÍN OPAZO, con domicilio en San Nicolás Nº 1.250, departamento 903, San Miguel: constituyen Sociedad por Acciones.- Razón Social: “DISTRIBUIDORA LA ARAUCARIA SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, solo para fines de publicidad, propaganda u operaciones de banco, la expresión “LA ARAUCARIA SpA”.- Objeto: a) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, alquiler, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, fabricación, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo artículos y productos de aseo, limpieza e higiene; de productos para mascotas en sentido amplio, ya sean medicamentos de uso veterinario, alimento para mascotas, animales en general y sus accesorios y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y d) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida indistintamente por don RAMÓN ALBERTO RODRÍGUEZ BRICEÑO y don GONZALO JAVIER OLGUÍN OPAZO, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: $1.500.000, dividido en 1.500 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, suscritas y pagadas.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 05, mayo, 2020.-