MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA CAAMAÑO Y CUADROS COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76230680-8 CVE 1758645
Fecha instrumento
5 de mayo de 2020

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2020
Repertorio
5566-2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario de Concepción, Suplente del titular don Ramón García Carrasco, con domicilio en calle Rengo 444, certifica: Por escritura pública de fecha 30 -04-2020, repertorio 5566-2020, compareció don: CLAUDIO EDUARDO AVILA BALBOA, C.I.N° 14.062.257-5, con domicilio en Caupolicán 567, oficina 701, comuna de Concepción. Y en virtud de la cláusula séptima de escritura pública de modificación de sociedad otorgada con fecha 17 - 04 - 2020, en notaria de Don Ramón García Carrasco, bajo el repertorio número 5096-2020, viene en rectificar dicha escritura en el siguiente tenor: DONDE DICE “CUARTO: Que, por el presente instrumento los actuales socios vienen en introducir las siguientes modificaciones a la escritura de constitución social o pacto social: El socio Mónica Cecilia Cuadros Aravena viene en ceder, vender y transferir con la expresa autorización del resto de los socios, la totalidad de sus derechos sociales a don JUAN CARLOS CAAMAÑO MOLINA por la suma de un millón quinientos mil pesos, los cuales son pagados en este acto, en dinero efectivo, declarando el socio cedente recibir conforme. El socio DANIELA PAZ CAAMAÑO CUADROS, viene en ceder, vender y transferir con la expresa autorización de los socios la totalidad de sus derechos sociales a don FELIPE ANDRES CAAMAÑO CUADROS, por la suma de quinientos mil pesos, los cuales son pagados en este acto, en dinero efectivo, declarando el socio cedente recibir conforme. Y señala la cláusula QUINTO: En virtud de lo señalado en la cláusula precedente, a partir de esta fecha los únicos socios de la sociedad son: uno ) Don JUAN CARLOS CAAMAÑO MOLINA con un setenta y cinco por ciento de interés en el haber social; dos) Don FELIPE ANDRES CAAMAÑO CUADROS con un veinticinco por ciento de interés en el haber social;. DEBE DECIR: “CUARTO: Que, por el presente instrumento los actuales socios vienen en introducir las siguientes modificaciones a la escritura de constitución social o pacto social: El socio MÓNICA CECILIA CUADROS ARAVENA viene en ceder, vender y transferir con la expresa autorización del resto de los socios, la totalidad de sus derechos sociales a don FELIPE ANDRES CAAMAÑO CUADROS por la suma de quinientos mil pesos, los cuales son pagados en este acto, en dinero efectivo, declarando el socio cedente recibir conforme. El socio DANIELA PAZ CAAMAÑO CUADROS, viene en ceder, vender y transferir con la expresa autorización de los socios la totalidad de sus derechos sociales a don JUAN CARLOS CAAMAÑO MOLINA, por la suma de un millón quinientos mil pesos, los cuales son pagados en este acto, en dinero efectivo, declarando el socio cedente recibir conforme. Y DEBE DECIR la cláusula QUINTO: En virtud de lo señalado en la cláusula precedente, a partir de esta fecha los únicos socios de la sociedad son: uno ) Don JUAN CARLOS CAAMAÑO MOLINA con un sesenta y cinco por ciento de interés en el haber social; dos) Don FELIPE ANDRES CAAMAÑO CUADROS con un treinta y cinco por ciento de interés en el haber social; CUARTO: Las restantes disposiciones de la escritura rectificada se mantienen de la misma manera en que fueren otorgadas con fecha diecisiete de abril de dos mil veinte, en escritura de modificación social. CONSTRUCTORA CAAMAÑO Y CUADROS COMPAÑÍA LIMITADA", Rol Único Tributario 76.230.680-8, Capital social seis millones quinientos mil pesos. Y que en extracto se publico en Diario Oficial con fecha 23 -04-2020, edición N°42638.- Concepción 05 de Mayo de 2020.