CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONFECCIONES DAARJORDAN LIMITADA

RUT 16075311-0 CVE 1758470
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de abril de 2020
Notaría
La Florida
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de abril de 2020
Notario
DORA SILVA LETELIER
Oficio
Primera Notaría de La Florida
Comuna
La Florida

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
3 años, renovables por periodos iguales y sucesivos, a contar de la fecha de la escritura extractada. Balance: Al 31 de Diciembre de cada año

Administración

corresponderá exclusivamente a don DANIEL ANDRÉS ROJAS GONZÁLEZ, con amplias facultades incluidas en la cláusula cuarta, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, cantidad que los socios aportan del siguiente modo: don DANIEL ANDRÉS ROJAS GONZÁLEZ, aporta la suma de $700.000 equivalente al 70% del capital social; y don ALEXIS FRANCO PAINEMAL ROJAS, aporta $300.000, equivalente al 30% del capital social; enterados en el acto de constitución, de contado, en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social. Limitación de responsabilidad: Los socios la limitan al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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DORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de hoy, otorgada ante mí, don DANIEL ANDRÉS ROJAS GONZÁLEZ, C.I.N°16.075.311-0; y don ALEXIS FRANCO PAINEMAL ROJAS, C.I.N° 20.946.775-5; ambos domiciliados en calle Coipue N°3130, comuna Macul, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, cuya razón social será “CONFECCIONES DAARJORDAN LIMITADA”, el nombre de fantasía convenido es: “DAANJORDAN LTDA”.- El Objeto social pactado es: “La confección de prendas de vestir, la prestación de servicios de vestir a terceros, y, toda otra actividad relacionada con el objeto social que convengan los socios”.- La Administración: corresponderá exclusivamente a don DANIEL ANDRÉS ROJAS GONZÁLEZ, con amplias facultades incluidas en la cláusula cuarta, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, cantidad que los socios aportan del siguiente modo: don DANIEL ANDRÉS ROJAS GONZÁLEZ, aporta la suma de $700.000 equivalente al 70% del capital social; y don ALEXIS FRANCO PAINEMAL ROJAS, aporta $300.000, equivalente al 30% del capital social; enterados en el acto de constitución, de contado, en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social. Limitación de responsabilidad: Los socios la limitan al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero.- Duración: 3 años, renovables por periodos iguales y sucesivos, a contar de la fecha de la escritura extractada. Balance: Al 31 de Diciembre de cada año. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 28 de Abril de 2020.-