OFTALMEDICAL COMERCIALIZADORA DE INSUMOS MÉDICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular 42 Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070, 2º piso, Por escritura pública de fecha 24 de Abril de 2020, otorgada ante mí: JULIO CESAR DIAZ CHAFLA, domiciliado en Pasaje El Ingenio 162, Maipú, Región Metropolitana; LUIS GERMAN ZUÑIGA FLORES, domiciliado Carrera n° 8577, Pudahuel, Región Metropolitana; y doña MARIA DINA MOREIRA GONZALEZ, domiciliada en Pasaje El Ingenio 162, Maipú, Región Metropolitana; modificaron “OFTALMEDICAL COMERCIALIZADORA DE INSUMOS MÉDICOS LIMITADA”, constituida 16 agosto 2017, otorgada ante don JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público 42 Notaría de Santiago, suplente del titular ALVARO GONZALEZ SALINAS, inscrita a fojas 64279 N ° 34610, del Registro Comercio de Santiago año 2017. Extracto publicado cede, vende y transfiere a JULIO CESAR DIAZ CHAFLA 5 % derechos sociales que tiene en la sociedad, quien declara adquirir y aceptarlos para sí. Precio $50.000, ya pagados; b) LUIS GERMAN ZUÑIGA FLORES cede, vende y transfiere a MARIA DINA MOREIRA GONZALEZ 45 % derechos sociales que tiene en la sociedad, quien declara adquirir y aceptarlos para sí. Precio $450.000, ya pagados. En consecuencia, participación queda: JULIO CESAR DIAZ CHAFLA, 55% del haber social y MARIA DINA MOREIRA GONZALEZ 45% del haber social restante. Asimismo, introducen modificaciones clausula 4° pacto social, en el siguiente sentido: La administración, representación, uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá exclusivamente al socio, don JULIO CESAR DIAZ CHAFLA, quien, anteponiendo a su firma la razón social, administrará, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y en la celebración de toda clase de actos, con todas las facultades establecidas en la escritura pública antes citada. En todo lo no modificado expresamente permanece vigente estatuto social primitivo. Demás estipulaciones en ella. 27 de Abril de 2020.