Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad Santiago, dentro del territorio de competencia de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Objeto social
La actividad comercial en sus formas más amplias, en especial, la compraventa, importación, exportación, representación de empresas nacionales y extranjeras, la distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de productos, accesorios y artículos electrónicos, de telecomunicaciones, relacionados con televisión y temas relacionados a los rubros antes señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular 26ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, segundo piso, CERTIFICA: Por escritura hoy, ante mí, Sres. FELIPE ANDRÉS KUSCEVIC CIPRIANI, chileno, divorciado, empresario domiciliado en calle Los Húsares N°0787, comuna de Talagante, Región Metropolitana; JUAN KRISTOBAL MORAGA KUSCEVIC, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, domiciliado en esta ciudad, en calle Milton Rossel 6.642, comuna de Lo Prado, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y JOSEFINA DEL CARMEN NAVARRETE NAVARRETE, chilena, contador, soltera, domiciliada, para estos efectos, en calle Cordillera N°331, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “MUSICA ELECTRONICA SpA”. Objeto: La actividad comercial en sus formas más amplias, en especial, la compraventa, importación, exportación, representación de empresas nacionales y extranjeras, la distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de productos, accesorios y artículos electrónicos, de telecomunicaciones, relacionados con televisión y temas relacionados a los rubros antes señalados. Capital: $10.000.000.- dividido en 10 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Ciudad Santiago, dentro del territorio de competencia de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2020. H. Quezada M.