SERVICIOS MÉDICOS MARTONI Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de abril de 2020
- Notario
- SERVICIOS MÉDICOS MARTONI Y COMPAÑÍA LIMITADA JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERVICIOS MÉDICOS MARTONI Y COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 76083544-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERVICIOS MÉDICOS MARTONI Y COMPAÑÍA LIMITADA JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante él suplente don JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, con fecha 9 de abril de 2020, don MARIANO ALBERTO MARTONI, argentino, casado, médico cirujano, cédula de identidad número para extranjeros número 21.669.590-9, con domicilio en Los Almendros número cuatrociento cuarenta, casa seis, Comuna de Las Condes; doña FABIANA ANDREA RESINA, argentina, casada, agrónomo, cédula de identidad número para extranjeros número 21.754.541- 2, con domicilio en Los Almendros número cuatrociento cuarenta, casa seis, Comuna de Las Condes; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS MARTONI Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.083.544-7, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de noviembre de dos mil nueve, otorgada en la notaría de Santiago de don ENRIQUE TORNERO FIGUEROA. Dicha sociedad fue inscrita a fojas sesenta y un mil veintiséis número cuarenta y dos mil seiscientos sesenta y seis, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil nueve y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintinueve de diciembre de dos mil nueve. La modificación vino a (1) modificar el objeto de la Sociedad y (2) la distribución anual de utilidades. Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago 13 de abril de 2020.-