MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES MORENO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76520205-1 CVE 1757403
Fecha instrumento
9 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2020
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES MORENO Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 76520205-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante el suplente don JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, con fecha 9 de abril de 2020, doña CLAUDIA PAZ MORENO MORENO, chilena, soltera, médico cirujano, cédula de identidad número 15.372.386-9, con domicilio en Luis Thayer Ojeda número mil trescientos treinta, departamento mil ciento siete, comuna de Providencia; doña GABRIELA GEMITA VIVAR MORENO, chilena, soltero, psicóloga, cédula de identidad número 16.122.850-8, con domicilio en Pasaje Caleuche mil quinientos setenta y dos, comuna de La Florida; doña NAYADE NIDIA VIVAR MORENO, chilena, soltera, enfermera, cédula de identidad número 17.032.184-7, con domicilio en Pasaje Caleuche mil quinientos setenta y dos, comuna de La Florida; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES MORENO Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.520.205-1, constituida por escritura pública de fecha quince de febrero de dos mil dieciséis, otorgada en la notaría de Santiago de don GONZALO BULNES ROSALES. Dicha sociedad fue inscrita a fojas trece mil ciento dieciocho, número siete mil trescientos setenta y cuatro, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis y se publicó en el Diario Oficial de fecha diecinueve de febrero de dos mil dieciséis.La modificación vino a (1) modificar el objeto de la Sociedad y (2) la distribución anual de utilidades. Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización, Santiago 9 de abril de 2020.-