Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2020
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la construcción, edificación, remodelación, reparación o decoración, sea como contratista o subcontratista, de toda clase de obras y edificios, sean estos habitacionales, comerciales o industriales; la fabricación, venta y distribución de materiales de construcción, áridos y demás insumos para la construcción; el diseños, instalación y reparación de trabajos eléctricos y de gasfitería; la asesoría y consultaría en materias relacionadas con obras de ingeniería y, en general, realizar cualesquier acto o contrato que diga relación directa o indirecta con el objeto social ya señalado
Administración
La administración y representación de la sociedad corresponderá a uno cualquiera de los socios actuando en forma separada o conjunta, quienes actuarán como administradores de la sociedad, y tendrán las más amplias facultades escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas Número mil doscientos treinta y cinco, local dos, piso uno y dos, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 17 de abril de 2020, ante mi, don JOSÉ ANTONIO CASTRO CERDA y don DIEGO ANDRÉS CASTRO CERDA, constituyeron una Sociedad por Acciones. Nombre: El nombre de la sociedad es “CONSTRUCTORA CASTRO Y CERDA SpA”, pudiendo usar inclusive ante los bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía de “C y C SpA”. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será la construcción, edificación, remodelación, reparación o decoración, sea como contratista o subcontratista, de toda clase de obras y edificios, sean estos habitacionales, comerciales o industriales; la fabricación, venta y distribución de materiales de construcción, áridos y demás insumos para la construcción; el diseños, instalación y reparación de trabajos eléctricos y de gasfitería; la asesoría y consultaría en materias relacionadas con obras de ingeniería y, en general, realizar cualesquier acto o contrato que diga relación directa o indirecta con el objeto social ya señalado.- Capital: El capital social, según se establece en el artículo Quinto del presente Estatuto, es de CUATRO MILLONES de pesos dividido en cien acciones, sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) don JOSÉ ANTONIO CASTRO CERDA, suscribe y paga cinco acciones ordinarias y de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, en la suma de doscientos mil pesos que paga en este acto e ingresa a la caja social; b) don DIEGO ANDRÉS CASTRO CERDA, suscribe y paga noventa y cinco acciones ordinarias y de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, en la suma de tres millones ochocientos mil pesos que paga en este acto e ingresa a la caja social. Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá a uno cualquiera de los socios actuando en forma separada o conjunta, quienes actuarán como administradores de la sociedad, y tendrán las más amplias facultades escritura extractada. Demás cláusulas constan en la escritura extractada. Stgo., 17 de abril de 2020.