CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Jela Chile SpA

RUT 15383929-8 CVE 1756610
Fecha instrumento
15 de abril de 2020

Instrumento

Fecha
15 de abril de 2020
Notario
Abogado Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inversión en instrumentos que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación provenientes del extranjeros. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas distintas de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica de manera tal que el total de los activos de la compañía se invertirán siempre en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. 3)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO SEPULVEDA ROSAS, Abogado Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, certifica: que por escritura pública de fecha 15 de abril de 2020, ante mí, CRISTÓBAL EDUARDO SUMAR UAUY, cédula de identidad número 15.383.929-8, con domicilio en Cerro El Plomo número cinco mil cuatrocientos veinte, oficina seiscientos dos, comuna de Las Condes, y de paso en ésta, constituyó una sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: 1) Nombre: “JELA Chile SpA”. 2) Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inversión en instrumentos que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación provenientes del extranjeros. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas distintas de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica de manera tal que el total de los activos de la compañía se invertirán siempre en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. 3) Capital Social: USD 2.000.- (dos mil Dólares de los Estados Unidos de América), dividido en 2000 acciones, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en su totalidad por el accionista CRISTÓBAL EDUARDO SUMAR UAUY. Los accionistas sólo serán responsables por el monto de sus respectivos aportes. Sin formar parte de los estatutos se designó como administrador a don CRISTÓBAL EDUARDO SUMAR UAUY. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 16 de abril de 2020.