Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La prestación de servicios de generación y captación de energías; a personas naturales y)o jurídicas, públicas y)o privadas, nacionales y)o extranjeras; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, importación, exportación, acopio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato, leasing, transporte y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de equipos de generación de energía y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) El servicio técnico, reparación y soporte de equipos de energías, entre otros relacionados; d) El transporte de cualquier tipo de cargas, dentro y fuera del radio urbano, en Chile o el extranjero, ya sea vía terrestre, marítima o aérea, por cuenta propia o ajena; transporte nacional e internacional de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento, en leasing, o encomendados a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje en prestaciones a terceros; la compra, venta, importación y exportación de vehículos para el transporte, por cuenta propia y ajena; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro con el flete, mudanza, logística, almacenaje, distribución, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias o aduaneras, en su caso, y lo que sea en el futuro; e) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o
Administración
y f) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y)o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general..- Representación, administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 27/04/2020 ante mí: don ANDRÉS RODRÍGUEZ-CANO BENZANILLA, con domicilio en Camino de Las Liebres Nº 1.500, casa 6, Lo Barnechea, y doña CHRISTIANE MARIE KRAMER KARMY, con domicilio en Camino de La Fuente, Nº 1.166, casa C, Las Condes: constituyen Sociedad por Acciones.- Razón Social: “GLOWES SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, solo para fines de publicidad, propaganda u operaciones de banco, la expresión “GLOW ENERGY SOLUTIONS SpA”.- Objeto: a) La prestación de servicios de generación y captación de energías; a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, importación, exportación, acopio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato, leasing, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de equipos de generación de energía y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) El servicio técnico, reparación y soporte de equipos de energías, entre otros relacionados; d) El transporte de cualquier tipo de cargas, dentro y fuera del radio urbano, en Chile o el extranjero, ya sea vía terrestre, marítima o aérea, por cuenta propia o ajena; transporte nacional e internacional de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento, en leasing, o encomendados a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje en prestaciones a terceros; la compra, venta, importación y exportación de vehículos para el transporte, por cuenta propia y ajena; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro con el flete, mudanza, logística, almacenaje, distribución, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias o aduaneras, en su caso, y lo que sea en el futuro; e) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. y f) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general..- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida indistintamente por don ANDRÉS RODRÍGUEZ-CANO BENZANILLA y doña CHRISTIANE MARIE KRAMER KARMY, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada. Sin embargo, se deja especial constancia que es voluntad de los accionistas establecer un régimen de administración en forma conjunta, entre don ANDRÉS RODRÍGUEZ-CANO BENZANILLA y doña CHRISTIANE MARIE KRAMER KARMY, para la celebración de actos o contratos patrimoniales que tengan un interés o consecuencia pecuniaria para la sociedad, siempre y cuando dichos actos o contratos sean por montos iguales o superiores a los $3.000.000, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, ya sea en la totalidad del avalúo del acto o contrato, como en la sumatoria de varios para un mismo propósito.- Capital: $2.000.000, dividido en 2.000 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, suscritas y pagadas.- Duración: Indefinida Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 27 abril 2020.-