Promet Servicios SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2020
- Repertorio
- 5253-2020
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.462.571.786 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, certifica que: por escritura pública de fecha 14 de abril de 2020, bajo repertorio N° 5253-2020, ante mí, INVERSIONES FERNÁNDEZ ROMERO SpA, domiciliada en Av. Del Valle Sur 650, oficina 31, Ciudad Empresarial, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en su calidad de actual y único accionista de la sociedad PROMET SERVICIOS SpA, inscrita a fojas 30.979 N° 25.093 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1997 (la “Sociedad”), acordó lo siguiente: i) Dividir la Sociedad en 2 sociedades por acciones. La primera sociedad, que será la continuadora legal de la Sociedad, conservará su nombre o razón social, esto es, “PROMET SERVICIOS SpA”, su rol único tributario, su objeto específico y sus actuales estatutos. La segunda sociedad que surgirá de la división tendrá por nombre o razón social el de “INVERSIONES POSITANO SpA”, y a ésta le fueron asignados los activos y cuentas de patrimonio de la sociedad dividida que se indican en la escritura extractada, y sus estatutos se extractan separadamente; ii) Como consecuencia de la división de que da cuenta el numeral inmediatamente anterior, disminuir el capital de la Sociedad en la suma de 2.462.571.786 pesos, reduciéndose en consecuencia el capital de la Sociedad de la cantidad de 39.332.440.000 pesos a la suma de 36.869.868.214 pesos; iii) Reemplazar íntegramente el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO: EI capital de la sociedad es la suma de 36.869.868.214 pesos, dividido en 11.459.617 acciones, nominativas y sin valor nominal, todas ordinarias y de una misma y única serie, que ha sido íntegramente suscrito y pagado por el único accionista en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de este estatuto.”. iv) Se reemplazó íntegramente el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2020.