GUZMÁN MERINO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de abril de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es: la fabricación, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, de productos de panadería, pastelería y afines y toda otra actividad relacionada o no con la anterior, que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario público de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de abril de 2020, ante mí, Alide Berta Merino Kusanovic, domiciliada en Flor de Azucenas N°135, dpto. 404, comuna de Las Condes, por sí y junto con Paula Milena Guzmán Merino, domiciliada en Cerro El Cepo N°12.482, comuna de Las Condes, y Verónica Felicita Guzmán Merino, domiciliada en Los Alpes N°4.651, casa S, comuna de Lo Barnechea, comuneras de la Comunidad Hereditaria quedada al fallecimiento de don Carlos Guillermo Guzmán Contreras, en su calidad de únicas socias de la sociedad GUZMÁN MERINO LIMITADA, inscrita a fojas 23.304 número 11.699 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1991, acordaron modificar la sociedad en lo siguiente: UNO. Incorporar como socia, dueña del 50% de los derechos sociales, a la Comunidad Hereditaria formada por doña Alide Berta Merino Kusanovic, Paula Milena y Verónica Felicita, ambas de apellidos Guzmán Merino. DOS. Modificar los artículos cuarto y quinto de los estatutos sociales, reemplazándolos por los siguientes: “CUARTO: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña Alide Berta Merino Kusanovic, doña Paula Milena Guzmán Merino y doña Verónica Felicita Guzmán Merino, actuando de manera conjunta dos cualquiera de ellas, con todas las facultades establecidas en los estatutos.” y “QUINTO: El capital de la Sociedad es de cinco millones de pesos distribuido entre los socios de la siguiente forma: a) doña Alide Berta Merino Kusanovic, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y b) Comunidad Hereditaria con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”. TRES. Transformar la sociedad “GUZMÁN MERINO LIMITADA”, procediendo a cambiar su especie o tipo social, de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, conforme a las siguientes estipulaciones: Razón Social: GUZMÁN MERINO SpA. Objeto: El objeto de la sociedad es: la fabricación, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, de productos de panadería, pastelería y afines y toda otra actividad relacionada o no con la anterior, que los accionistas acuerden. Capital: $5.000.000 dividido en 5.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad por los accionistas, correspondiendo a las participaciones de estos como socios de la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2020.