CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Corredora de Seguros MAS Limitada

RUT 13380009-3 CVE 1756035
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
24 de abril de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2020
Notario
ALEJANDRO OMAR ABUTER GAME
Domicilio
Concepción con asiento en Penco

Sociedad

Capital
$3.000 CLP
Domicilio
PENCO
Duración
10 años, a contar desde esta misma fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término del modo que se indicó en la escritura extractada

Objeto social

El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena, en tanto la ley lo permita, de las siguientes actividades: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como de todos los actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; b) La correduría y)o intermediación remunerada de contratos de seguros de todo tipo, con cualquier entidad aseguradora, incluidas aquellas actividades afines o complementarias; c) La asesoría, consultoría, intermediación y capacitación en materias de seguros y de administración y transferencia de riesgo; d) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; e)En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos.- Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a GONZALO ESTEBAN POBLETE CHAVARRÍA, CI Nº 13.380.009-3 como administrador estatutario, con las más amplias facultades, y en los términos y condiciones indicados en la escritura extractada

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
GONZALO ESTEBAN POBLETE CHAVARRÍA socio 13380009-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO OMAR ABUTER GAME, Notario Público Concepción con asiento en Penco, oficio calle Penco 150, certifico: por escritura pública hoy ante mí don GONZALO ESTEBAN POBLETE CHAVARRÍA y doña MARCELA PILAR GALLARDO SANZ, ambos domiciliados en la comuna de San Pedro de la Paz, calle Villarrica número 1660 casa 9, Condominio Sierra Andalué, constituyeron entre ellos sociedad de responsabilidad limitada; RAZÓN SOCIAL:CORREDORA DE SEGUROS MAS LIMITADA, pudiendo indistintamente usar la abreviación “Ltda.”.- OBJETO: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena, en tanto la ley lo permita, de las siguientes actividades: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como de todos los actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; b) La correduría y/o intermediación remunerada de contratos de seguros de todo tipo, con cualquier entidad aseguradora, incluidas aquellas actividades afines o complementarias; c) La asesoría, consultoría, intermediación y capacitación en materias de seguros y de administración y transferencia de riesgo; d) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; e)En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos.- Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- DOMICILIO:PENCO.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a GONZALO ESTEBAN POBLETE CHAVARRÍA, CI Nº 13.380.009-3 como administrador estatutario, con las más amplias facultades, y en los términos y condiciones indicados en la escritura extractada. CAPITAL:$3.000.000 el que se aporta por los socios de la siguiente forma: GONZALO ESTEBAN POBLETE CHAVARRÍA aportó la suma de $1.500.000.- que pagó de contado en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales; MARCELA PILAR GALLARDO SANZ aportó la suma de $1.500.000.- que pagó de contado en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales; LOS SOCIOS LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES.-DURACION: 10 años, a contar desde esta misma fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término del modo que se indicó en la escritura extractada. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Penco 24 abril 2020.