MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VIÑA FUTALEUFÚ LIMITADA

RUT 76844718-7 CVE 1755444
Fecha instrumento
7 de abril de 2020

Instrumento

Fecha
7 de abril de 2020
Repertorio
3019-2020
Notario
ERNESTO MONTOYA PEREDO
Domicilio
con oficio Campos 377

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
VIÑA FUTALEUFÚ LIMITADA socio 76844718-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular, con oficio Campos 377, Rancagua, Certifica: que Por escritura pública de fecha 07 de abril de 2020, repertorio N°3019-2020, ante mí: i) Sebastián Errázuriz Lyon, domiciliado para estos efectos en calle Luz número dos mil ochocientos ochenta y nueve, departamento número ciento doce, Las Condes, Santiago, de paso en esta; y ii) Martin Silva Vial, actuando en representación de (a) Viñedos y Frutales Limitada y (b) Comercializadora Viñedos y Frutales Limitada, todos domiciliados en Sector La Isla sin número, Lote Uno, Lo Miranda, Doñihue, Sexta Región, en su calidad de únicos y actuales socios, modificaron la sociedad VIÑA FUTALEUFÚ LIMITADA, RUT N°76.844.718-7, la que se encuentra inscrita a fojas 132, número 109 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 2018 (en adelante, la “Sociedad”), en el siguiente sentido: (a) Sebastián Errázuriz Lyon, dueño del 1% de los derechos de la Sociedad, con el expreso consentimiento de Viñedos y Frutales Limitada, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad a Comercializadora Viñedos y Frutales Limitada, para quien compra, acepta y adquiere, su representante; (b) Como consecuencia de lo anterior, Sebastián Errázuriz Lyon se retira como socio de la Sociedad, y Comercializadora Viñedos y Frutales Limitada adquiere el 1% de los derechos sociales; (c) Producto de la cesión de derechos sociales antes referida, quedan como únicos y exclusivos socios de la Sociedad los siguientes: i) Viñedos y Frutales Limitada con el 99% de los derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social de la misma; y ii) Comercializadora Viñedos y Frutales Limitada con 1% de los derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al uno por ciento del capital social de la misma. En consecuencia, los únicos y actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar los estatutos de la Sociedad, sustituyendo el artículo quinto relativo al capital social por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos mil ciento treinta y cuatro pesos, que los socios han aportado de la siguiente manera: /a/ Viñedos y Frutales Limitada, la cantidad de dos mil ciento trece pesos, ya aportados, pagados y enterados en arcas sociales, equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y /b/ Comercializadora Viñedos y Frutales Limitada, la cantidad de veintiún pesos, ya aportados, pagados y enterados en arcas sociales, equivalentes al uno por ciento de los derechos sociales, capital que se encuentra a la fecha totalmente pagado”. En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 09 de abril de 2020.