VALENTINA ARANEDA VILLAGRA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de abril de 2020
- Notario
- JORGE ENRIQUE FIGUEROA HERRERA
- Oficio
- 8º Notaria de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $90.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será: a) La prestación de servicios profesionales especialmente en las áreas del derecho, contabilidad, finanzas e impuestos y otros servicios complementarios a los anteriores, y toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; b) La asesoría y gestión de proyectos empresariales, de emprendimiento empresarial tales como start-ups, proyectos de innovación (I+D) o similares; y toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; c) La prestación de servicios profesionales de ingeniería en el área de la minería y toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La administración, representación de la sociedad y uso de su razón social y del nombre de fantasía corresponderá a ambos socios los que actuando separada o indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades todas señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ENRIQUE FIGUEROA HERRERA, Notario Público Interino de la 8º Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº2536 de San Miguel, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, doña VALENTINA ARANEDA VILLAGRA, domiciliada en Gorbea Nº2510 departamento Nº711, Santiago, y don HÉCTOR KRISTOPHER ARANEDA VILLAGRA, domiciliado en calle San Nicolás Nº1372 departamento Nº402, San Miguel, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “VALENTINA ARANEDA VILLAGRA Y COMPAÑÍA LIMITADA” pudiendo usar como nombre de fantasía “ARANEDA VILLAGRA Y ASOCIADOS LTDA.” OBJETO: Será: a) La prestación de servicios profesionales especialmente en las áreas del derecho, contabilidad, finanzas e impuestos y otros servicios complementarios a los anteriores, y toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; b) La asesoría y gestión de proyectos empresariales, de emprendimiento empresarial tales como start-ups, proyectos de innovación (I+D) o similares; y toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; c) La prestación de servicios profesionales de ingeniería en el área de la minería y toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL: $90.000.000.- que socios enteran de la siguiente forma: Uno.- Valentina Araneda Villagra, aporta el departamento Nº23-B, del condominio “Jardín Señorial”, ubicado en calle Ejército Libertador Nº520, Comuna de Santiago, Rol de Avalúo Nº658-153.-, por $40.000.000.-, equivalente al 44,4% del capital social. Dos.- Héctor Kristopher Araneda Villagra, aporta: A) El departamento Nº1006 del Edificio Colonial, ubicado en calle General Mackenna Nº247, 251 y 289, Cerro Yungay, Valparaíso, Rol de Avalúo Nº4007-209. B) Bodega Nº44 del Edificio Colonial, ubicado en calle General Mackenna Nº247, 251 y 289, Cerro Yungay, Valparaíso, Rol de Avalúo Nº4007-264. C) Estacionamiento abierto cubierto Nº4, ubicado en calle General Mackenna Nº247, 251 y 289, cerro Yungay, Valparaíso, Rol de Avalúo Nº4007-323, por el monto de $50.000.000.- equivalente a un 55,6% del capital social. Cada socio limita su responsabilidad hasta el monto de su respectivo aporte. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y uso de su razón social y del nombre de fantasía corresponderá a ambos socios los que actuando separada o indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades todas señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: 5 años, a contar fecha escritura social. Dicho plazo se entenderá renovado, tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, en forma indefinida, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de no renovarlo, todo ello con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del plazo entonces en curso. DOMICILIO: Ciudad Santiago, sin perjuicio abrir sucursales o agencias en cualquiera otra parte del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 03 de abril de 2020.-