JARDIN INFANTIL FANTASIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161 Entrepiso, certifica por escritura publica de fecha 24 de Marzo de 2020, ante mí Suplente, Christian Alejandro Ortiz Caceres, comparecieron:- don GREGORIO ALBERTO JARA ALARCON, domiciliado en Morandé N° 322, oficina 307, Comuna de Santiago, Re gión Metropolitana; en representación de doña ANDREA PAZ NAVARRO VALENZUELA, y de don FELIPE ANTONIO ORREGO ROCA, ambos domiciliados en Carlos Antúnez N° 2061, Com una de Providencia, Ciudad de Santiago; don DIEGO IVAN CORDOVA CUNAZZA, y, doña SUSANA MARIA VALDIVIESO SOTO, ambos domiciliados en Libertad N° 1439, Depto 237 , Comuna de Santiago, Región Metropolitana; y, Modificaron la sociedad denominada JARDIN INFANTIL FANTANSIA LIMITADA, Rut: 78.467.730-3, constituida por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 1993, otorgada por la Vigésima Séptima Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 28300, número 23271, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1993; y se publicó en el diario oficial de fecha 5 de enero de 1994; La referida sociedad ha sido modificada en cinco oportunidades, siendo la ultima de fecha 2 de agosto del año 2019, por escritura pública otorgada ante el don José Leonardo Brusi Muñoz, Suplente del Titular, don Álvaro Gonzales Salinas, y cuyo extracto fue inscrito a fojas 66.530, número 32.526, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2019; El capital social es la suma de $1.500.000; Que dicha empresa no ha sufrido modificación alguna hasta la fecha.- Modificación actual consiste:- Uno) don GREGORIO ALBERTO JARA ALARCON, en representación de doña ANDREA PAZ NAVARRO VALENZUELA, dueña del 60%, del capital, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a doña SUSANA MARIA VALDIVIESO SOTO, quien los compra, acepta y adquiere para si en la cantidad de $2.400.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; suma que el representante de la cedente declara recibir a su entera conformidad; y, Dos) don GREGORIO ALBERTO JARA ALARCON, en representación de don FELIPE ANTONIO ORREGO ROCA, dueño del 40%, del capital, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos de la siguiente forma:- a) A doña SUSANA MARIA VALDIVIESO SOTO, el equivalente al 30%, del total de los derechos sociales quien los compra, acepta y adquiere para si en la cantidad de $1.200.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) A don DIEGO IVAN CORDOVA CUNAZZA, el equivalente al 10%, del total de los derechos sociales quien los compra, acepta y adquiere para si en la cantidad de $400.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; En consecuencia y como resultado de las cesiones de los derechos sociales señaladas quedan como únicos socios de la sociedad “JARDIN INFANTIL FANTASIA LIMITADA”, doña SUSANA MARIA VALDIVIESO SOTO, con 90%, de los derechos sociales, y don DIEGO IVAN CORDOVA CUNAZZA, con un 10%, de los derechos sociales, quienes de común acuerdo deciden modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales en el siguiente sentido:- La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña SUSANA MARIA VALDIVIESO SOTO, quien obligara a la sociedad anteponiendo su firma a la razón social y representara a la sociedad y la obligara con las más amplias facultades señaladas en la cláusula Cuarto del primitivo pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 15 de Abril de 2.020.