AGUA PURIFICADA VAI VERI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de marzo de 2020
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 23 de Marzo de 2020, ante el Notario Suplente don José Gabriel Araya Maggi, don RAMON EDUARDO BARRIONUEVO QUILODRAN, domiciliado en Avenida Los Carreras 399-B, comuna de El Monte, de paso por esta, y don EDUARDO ESTEBAN BARRIONUEVO REYES, domiciliado en Avenida Los Carreras número 399-B, comuna de El Monte, de paso por esta; modifican sociedad AGUA PURIFICADA VAI VERI LIMITADA constituida el 24 de marzo del 2017, dada ante mí, cuyo extracto se inscribió a fojas 28452 N°15645 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2017 y se publicó en el Diario Oficial el 5 de Abril de 2017; en sentido que: 1) Razón social será COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA VAI VERI LIMITADA, pudiendo usar como nombre de fantasía, incluso antes bancos e instituciones financieras, el de VAI VERI LTDA. 2) El objeto de la sociedad será: uno) la producción, captación, depuración, tratamiento, desarrollo, embotellamiento, envase, compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización de aguas purificadas y otras semejantes. dos) La construcción, remodelación, realización de terminaciones en las construcciones, demolición, preparación de terrenos o la ejecución de cualquier otra actividad relacionada, por cuenta propia o ajena, realización de todo tipo de obras civiles o infraestructura, sean casas habitaciones, edificios, caminos, puentes, galpones; también consultoría y elaboración de proyectos de obras civiles; supervisión de obras civiles; arrendamiento, compra y venta de bienes inmuebles en general, así como al arrendamiento, compra y venta de bienes muebles y maquinarias, vehículos ligeros y/o pesados, sean estos relacionados o no con las actividades de la construcción e ingeniería civil; realización y ejecución de actividades propias de los proyectos de inversión, contrataciones privadas y públicas relacionadas con la actividades de la ingeniería civil y construcción y cualquiera otra similar. tres) En general, la celebración, ejecución o realización de todo acto, operación o contrato relacionado con lo anterior y que acuerden los socios”.- En todo lo no modificado rige pacto social primitivo. Capital $5.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada.