SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FRUTÍCOLA EL METAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $22.800.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 30 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución social, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
El objeto de la sociedad será la explotación por cuenta propia o ajena, de predios agrícolas, frutícolas, pecuarios y forestales: la importación, exportación y comercialización de toda clase de insumos y productos agrícolas y, en general, la explotación y desarrollo de todo tipo de negocios relacionados con la agricultura y la agroindustria, todo ello tanto en Chile como en el extranjero. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma, cualquier negocio que acuerden los
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida exclusivamente a través de don MATÍAS ETIENNE IVANSCHITZ VILLA quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 5 de marzo de 2020, ante mi suplente Rodrigo Sotomayor Graepp y autorizada por mí bajo el Artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, don ROBERT EDUARD IVANSCHITZ VILLA, don MATÍAS ETIENNE IVANSCHITZ VILLA, doña KARIN ELISABETH IVANSCHITZ VILLA, doña KARLA ANDREA IVANSCHITZ VILLA, todos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y modificación de estatutos sociales "SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FRUTÍCOLA EL METAL LIMITADA”; sociedad inscrita a fojas 15.642 número 8.132, Reg. Com. CBR de Santiago, año 1985, y acordaron: I. HECHO QUE INDICA. Dar cuenta del fallecimiento de la socia doña EUGENIE RENEE VILLA PERRETA (Q.E.P.D.), cuya Posesión Efectiva se encuentra inscrita a fojas 61.981 número 90.033, Reg. Prop. CBR de Santiago, año 2019, y de la posterior liquidación de la comunidad hereditaria quedada a su muerte, en virtud de la cual se adjudicaron los derechos sociales de los que era dueña y que correspondían al 6,68% del total de los derechos sociales. II. MODIFICACIONES SOCIALES Y TEXTO REFUNDIDO. Como consecuencia de lo señalado, para adecuar los estatutos sociales a su nueva realidad, los socios establecieron el texto refundido de los mismos, según el siguiente tenor extractado: “SOCIOS: Son únicos socios de la sociedad don ROBERT EDUARD IVANSCHITZ VILLA, doña KARIN ELISABETH IVANSCHITZ VILLA, doña KARLA ANDREA IVANSCHITZ VILLA, y don MATÍAS ETIENNE IVANSCHITZ VILLA. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: El nombre de la sociedad o su razón social será “AGRÍCOLA Y FRUTÍCOLA EL METAL LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “AGRÍCOLA Y FRUTÍCOLA EL METAL LTDA.” o “EL METAL LTDA.”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será la explotación por cuenta propia o ajena, de predios agrícolas, frutícolas, pecuarios y forestales: la importación, exportación y comercialización de toda clase de insumos y productos agrícolas y, en general, la explotación y desarrollo de todo tipo de negocios relacionados con la agricultura y la agroindustria, todo ello tanto en Chile como en el extranjero. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma, cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 30 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución social, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. CAPITAL: El capital social es la suma de $22.800.000, íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a fecha de la escritura extractada, y que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don MATÍAS ETIENNE IVANSCHITZ VILLA, con la suma de $6.617.472, equivalentes al 29,024% del total de los derechos sociales; b) doña KARIN ELISABETH IVANSCHITZ VILLA, con la suma de $5.319.240, equivalentes al 23,33% del total de los derechos sociales; c) doña KARLA ANDREA IVANSCHITZ VILLA, con la suma de $5.319.240, equivalentes al 23,33% del total de los derechos sociales; y, d) don ROBERT EDUARD IVANSCHITZ VILLA, con la suma de $5.544.048, equivalentes al 24,316% del total de los derechos sociales. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida exclusivamente a través de don MATÍAS ETIENNE IVANSCHITZ VILLA quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.” Stgo., 6 de abril de 2020. A. Mozo A. Notario Público.