Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2020
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces; constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; la representación de sociedades o empresas nacionales y)o extranjeras relacionadas o no con el objeto de la sociedad; y en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden
Administración
La administración y el uso de la razón social le corresponderá según la forma indicada, a don Raúl Prieto Vial, doña Constanza Prieto Ossandón, don Matías Prieto Ossandón, y don Bernardo Prieto Ossandón, quienes anteponiendo a su firma la razón social, tendrán amplias facultades en la forma indicada en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura hoy ante mí, 1) MATÍAS PRIETO OSSANDÓN, 2) CONSTANZA PRIETO OSSANDÓN ambos actuando por sí y en representación de 3) MARÍA DEL ROSARIO OSSANDON VICUÑA y 4) RAÚL PRIETO VIAL, 5) ROSARIO PRIETO OSSANDÓN y 6) BERNARDO PRIETO OSSANDÓN, ambos representados por MATÍAS PRIETO OSSANDÓN; constituyeron sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Razón social: “INVERSIONES JADRO SpA” pudiendo actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas bajo dicha denominación y tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces; constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; la representación de sociedades o empresas nacionales y/o extranjeras relacionadas o no con el objeto de la sociedad; y en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden. Capital: El capital social, es la suma de un $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, todas suscritas y pagadas en su totalidad por los accionistas, como sigue: UNO) doña María del Rosario Ossandón Vicuña, doscientas cincuenta acciones, por la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, que se paga en este acto en dinero y al contado; DOS) don Raúl Prieto Vial, doscientas cincuenta acciones, por la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, que se paga en este acto en dinero y al contado; TRES) doña Constanza Prieto Ossandón, ciento veinticinco acciones, por la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, que se paga en este acto en dinero y al contado; CUATRO) don Matías Prieto Ossandón, ciento veinticinco acciones, por la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, que se paga en este acto en dinero y al contado; CINCO) doña Rosario Prieto Ossandón, ciento veinticinco acciones, por la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, que se paga en este acto en dinero y al contado, y SEIS) don Bernardo Prieto Ossandón, ciento veinticinco acciones, por la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, que se paga en este acto en dinero y al contado. Duración: Indefinida. Administración: La administración y el uso de la razón social le corresponderá según la forma indicada, a don Raúl Prieto Vial, doña Constanza Prieto Ossandón, don Matías Prieto Ossandón, y don Bernardo Prieto Ossandón, quienes anteponiendo a su firma la razón social, tendrán amplias facultades en la forma indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2020.