INMOBILIARIA LAS PERDICES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $713.379 CLP
- Duración
- 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma indicada en escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N° 835, Piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 15 de abril de 2020, ante mí, i) María Clementina Cruz Pinochet y ii) José Manuel Camposano Larraechea, ambos domiciliados en Las Perdices tres mil cincuenta, Condominio Las Brisas de Chicureo, comuna de Colina, Ciudad de Santiago, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto: Razón social: INMOBILIARIA LAS PERDICES LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, y la administración de dichos bienes y sus frutos; (b) La construcción, por cuenta propia o ajena de proyectos inmobiliarios, la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales proyectos y la explotación de los mismos, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios de dominio y (c) En general todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las señaladas precedentemente. Duración: 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma indicada en escritura extractada. Capital: $713.379.600 el que será aportado y pagado por los socios de la siguiente forma y proporciones: a) doña María Clementina Cruz Pinochet suscribe y aportará el uno por ciento del capital social, esto es, la suma de $7.133.796 pesos y b) don José Manuel Camposano Larraechea suscribe el noventa y nueve por ciento del capital social, equivalente al aporte de $706.245.804 pesos. Todos los aportes deberán ser enterados en caja social, sea que se paguen en dinero efectivo, en créditos o en cualquiera otra clase de bienes, en el plazo de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada. Administración y uso razón social: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderán indistintamente a uno cualquiera de los socios, quienes podrán ejercerla personalmente o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto por medio de escritura pública. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22.de abril de 2020.