AGRICOLA Y FORESTAL MIRAFLORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2020
Sociedad
- Capital
- $536.211.085 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, Of. 352, certifica que por escritura pública de 28 de Febrero 2020, ante el Suplente Francisco José Lira Teuber, señores GERMAN SEEMANN SANTOS, Panamericana Sur 12.124, Kilómetro 16 y medio, San Bernardo, Región Metropolitana; GERMAN ANDRES SEEMANN ERAZO, Vicuña Mackenna 420, Of. 305, Viña del Mar, Quinta Región de Valparaíso; ANA MARIA SEEMANN ERAZO, Fray Montalva 102, Depto. 409, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; PAULA ANDREA SEEMANN ERAZO, San Francisco de Asís 205, Depto. 413, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y FORESTAL ALTO LLANCAHUE SpA, Bombero Núñez 181, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana, modificaron AGRICOLA Y FORESTAL MIRAFLORES LIMITADA, Rut 84.586.800-K, inscrita a fojas 2.001 No. 1.108 Registro Comercio Santiago 1976, en lo siguiente: 1) Se retiró de sociedad Germán Seemann Santos e ingresó a ella Forestal Alto Llancahue SpA, mediante cesión del primero a la segunda de la totalidad de sus derechos presente compañía, ascendentes aproximadamente al 55,6427% de los mismos, en el precio y condiciones de pago indicados en escritura extractada. 2) Se modificó la cláusula tercera de los estatutos sociales referente al capital social, ascendente a $536.211.085, íntegramente aportado, pagado en parte mediante el aporte en especie de bienes y mediante capitalizaciones de fondos o bienes, siguientes proporciones: a) Forestal Alto Llancahue SpA ha aportado $298.362.255, esto es, aproximadamente el 55,6427% del capital social y propiedad presente compañía, de los cuales $295.978.027 los ha pagado con anterioridad, debiendo los restantes $2.384.228 pagarlos en dinero efectivo, mediante capitalizaciones de fondos o bienes, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de la escritura que se extracta y en la medida que las necesidades sociales lo requieran; b) Germán Andrés Seemann Erazo aporta $79.282.944, esto es, aproximadamente el 14,7858% del capital social y propiedad presente compañía, de los cuales $7.948 los ha pagado con anterioridad, debiendo los restantes $79.274.996 pagarlos en dinero efectivo, mediante capitalizaciones de fondos o bienes, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde el 19 de Agosto de 2015 y en la medida que las necesidades sociales lo requieran; c) Ana María Seemann Erazo aporta $79.282.943, esto es, aproximadamente el 14,78575% del capital social y propiedad presente compañía, de los cuales $7.947 los ha pagado con anterioridad, debiendo los restantes $79.274.996 pagarlos en dinero efectivo, mediante capitalizaciones de fondos o bienes, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde el 19 de Agosto de 2015 y en la medida que las necesidades sociales lo requieran; y d) Paula Andrea Seemann Erazo aporta $79.282.943, esto es, aproximadamente el 14,78575% restante del capital social y propiedad presente compañía, de los cuales $7.947 los ha pagado con anterioridad, debiendo los restantes $79.274.996 pagarlos en dinero efectivo, mediante capitalizaciones de fondos o bienes, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde el 19 de Agosto de 2015 y en la medida que las necesidades sociales lo requieran. 3) Se modificó el primer párrafo de la cláusula quinta de los estatutos sociales referente a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá a la actuación conjunta de Germán Andrés Seemann Erazo con una cualquiera de Ana María Seemann Erazo o Paula Andrea Seemann Erazo, con las facultades señaladas en la escritura pública de 12 de Noviembre de 2013, esta Notaría, según consta de escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 20 Abril 2020. JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente.