MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Constructora Fajardo Limitada

RUT 77051670-6 CVE 1753870
Fecha instrumento
21 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de abril de 2020
Repertorio
287-2020
Notario
IVAN TAMARGO BARROS
Oficio
51°. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público, Titular de la 51°. Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Nueve Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 21 de abril 2020, ante mí, Repertorio N° 287-2020, se aclaro y rectifico escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad Constructora Fajardo Limitada, de fecha 24 marzo 2020 repertorio 246-2020 ante don Iván Tamargo Barros, Notario Público Santiago, y también se aclara y rectifica extracto publicado Por un error de tipeo en la cláusula “SEXTO“ de la escritura que se rectifica, erróneamente se colocó al compareciente don MIGUEL ANGEL FAJARDO ESPINOZA, ya individualizado, el apellido “FAJARDO CABELLO”, en circunstancias que era “FAJARDO ESPINOZA”, es por ello que se rectifica y aclara la cláusula “SEXTO” de la escritura ya referida, modificándose en los siguientes términos: “SEXTO: Los actuales socios, don TOMAS ALBERTO FAJARDO CABELLO y don MIGUEL ANGEL FAJARDO ESPINOZA, de consuno, acuerdan a continuación la modificación de la presente sociedad y sus estatutos sociales en los siguientes términos: UNO) Se sustituye la cláusula quinta del pacto social por el siguiente: “QUINTO: el capital de la sociedad, es de dos millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: don Tomás Alberto Fajardo Cabello la cantidad de un millón novecientos ochenta mil pesos, en dinero efectivo, ingresados a la caja social, por lo que le corresponde un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y don Miguel Ángel Fajardo Espinoza la cantidad de veinte mil pesos, en dinero efectivo, ingresados a la caja social, por lo que le corresponde un uno por ciento de los derechos sociales. La sociedad, declara recibido los antedichos aportes y otorga a los socios la cancelación respectiva”. DOS) se modifica la cláusula cuarta del pacto social en el sentido que “la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Tomás Alberto Fajardo Cabello y a don Miguel Ángel Fajardo Espinoza, con todas y cada una de las facultades contenidas en la cláusula cuarta del pacto social, las cuales pueden delegarse en forma total o parcial, las cuales se dan por expresa e íntegramente reproducidas una a una, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, de forma indistinta, en la administración, representación y uso de la razón social”. Asimismo, el error de tipeo en el apellido del compareciente MIGUEL ANGEL FAJARDO ESPINOZA, ya individualizado, se vuelve a repetir en el extracto de la escritura ya individualizada, la cual fue publicada en el diario oficial de fecha treinta de marzo de dos mil veinte, numero cuarenta y dos mil seiscientos diecinueve CVE uno siete cuatro seis cuatro cinco dos, es por ello que se aclara y rectifica también el extracto ya individualizado en el sentido que el verdadero nombre del compareciente es Miguel Ángel Fajardo Espinoza y no Miguel Ángel Fajardo Cabello, como allí se menciona. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 21 de Abril de 2020.-