COMERCIALIZADORA CHARLES VÍCTOR MANUEL OÑATE VALLETTE E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $40.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Esta empresa tendrá por objeto girar en la actividad económica consistente en la comercialización de bienes muebles, incluyendo su adquisición, importación, fabricación, instalación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, en el rubro específico de puertas, ventanas, perfiles, vitrinas, estructuras de aluminio, vidrios, cristales, espejos dimensionados y quincallería
Administración
corresponde con amplias facultades de administración y disposición a don CHARLES VÍCTOR MANUEL OÑATE VALLETTE, como constituyente de la misma
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha doce de Marzo de dos mil veinte, ante mí, Don ALEX ARNALDO SAUTEREL SÁNCHEZ, chileno, constructor civil, casado y separado de bienes, cuarenta y ocho años de edad, cédula de identidad número doce millones quinientos treinta y siete mil setecientos setenta y ocho guión cinco, domiciliado en calle Arturo Prat número mil ciento sesenta, comuna y ciudad de Temuco; y don CHARLES VÍCTOR MANUEL OÑATE VALLETTE, chileno, constructor civil, casado y separado de bienes, cuarenta y un años de edad, cédula de identidad número siete millones trescientos cuarenta mil ochocientos veintitrés guión siete, con domicilio en Avenida General Aldunate número mil doscientos cuarenta y nueve, comuna y ciudad de Temuco, expusieron: Que la sociedad actualmente denominada “COMERCIALIZADORA CRISTALUM TEMUCO LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos cuarenta y siete mil setecientos sesenta guión cuatro, fue originalmente constituida bajo el nombre de “Comercializadora Alumsa Temuco Limitada” mediante escritura pública otorgada con fecha dieciocho de mayo del año dos mil siete, ante notario público de Temuco don Claudio González Rosas, cuyo extracto fue inscrito a fojas cuatrocientos cincuenta y dos, bajo el número cuatrocientos dieciocho, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil siete, y publicado en el Diario Oficial con fecha veintinueve de mayo del mismo año.- Con posteridad esta sociedad ha sufrido una sola modificación, mediante escritura pública otorgada con fecha nueve de julio del año dos mil diez, ante notario público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, cuyo extracto fue inscrito a fojas ochocientos sesenta y seis vuelta, bajo el número ochocientos veintiuno, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil diez, y publicado en el Diario Oficial con fecha doce de agosto del mismo año.- Conforme al estatuto social actualmente vigente el capital de “Comercializadora Cristalum Temuco Limitada” es la suma de cuatro millones de pesos, íntegramente pagado, el que ha sido aportado por los socios en la siguiente proporción: a) Alex Arnaldo Sauterel Sánchez, la suma de tres millones novecientos sesenta mil pesos; y b) Charles Víctor Manuel Oñate Vallette, la suma de cuarenta mil pesos.- MODIFICACIONES Y TRANSFORMACIÓN.- Mediante instrumento extractado se retira de esta sociedad el socio don ALEX ARNALDO SAUTEREL SÁNCHEZ, quien en consecuencia deja en este acto de pertenecer a la sociedad, devolviéndosele la suma de cinco millones seiscientos noventa mil ochocientos sesenta y un pesos, correspondiente a su aporte de capital de tres millones novecientos sesenta mil pesos, más el respectivo reajuste. La suma recién indicada le será pagada por la sociedad al socio saliente, en dinero, dentro del plazo máximo de sesenta días contado desde la fecha de la presente escritura.- El socio saliente don Alex Arnaldo Sauterel Sánchez, don Charles Víctor Manuel Oñate Vallette y la sociedad “Comercializadora Cristalum Temuco Limitada”, se otorgan recíprocamente amplio y completo finiquito, declarando que no tienen cargo alguno que formularse. Especialmente, se deja constancia que el socio saliente nada adeuda a la sociedad ni ésta a aquél, salvo la suma referida en la cláusula anterior, a cuyo respecto las partes renuncian a la acción resolutoria que pudiere corresponderles.- Como consecuencia de la salida de don Alex Arnaldo Sauterel Sánchez, el capital de la sociedad baja desde la suma de cuatro millones de pesos, a la suma de cuarenta mil pesos íntegramente pagado, que queda aportado por don CHARLES VÍCTOR MANUEL OÑATE VALLETTE, quien pasa a reunir en sus manos la totalidad de los derechos en esta sociedad, ejerciendo en este mismo acto la facultad que le confiere el artículo catorce de la ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, transformando por lo mismo esta sociedad en una empresa individual de responsabilidad limitada, que se regirá en lo sucesivo por el estatuto que se indica a continuación.- NOMBRE: “COMERCIALIZADORA CHARLES VÍCTOR MANUEL OÑATE VALLETTE E.I.R.L.”, nombre de fantasía “CRISTALUM TEMUCO E.I.R.L.”.- DOMICILIO: Comuna de Temuco, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero.- OBJETO: Esta empresa tendrá por objeto girar en la actividad económica consistente en la comercialización de bienes muebles, incluyendo su adquisición, importación, fabricación, instalación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, en el rubro específico de puertas, ventanas, perfiles, vitrinas, estructuras de aluminio, vidrios, cristales, espejos dimensionados y quincallería.- CAPITAL: El capital de esta empresa individual es la suma de $40.000.- que el titular de esta empresa ha pagado íntegramente en dinero con anterioridad.- ADMINISTRACIÓN: corresponde con amplias facultades de administración y disposición a don CHARLES VÍCTOR MANUEL OÑATE VALLETTE, como constituyente de la misma. DURACIÓN: La empresa tendrá duración indefinida, a contar de la fecha de esta escritura.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 20 de Abril de 2020.-