Inversiones El Paso Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2020
- Repertorio
- 592
- Notario
- Gonzalo Serrano del Solar
- Oficio
- 3º Notaría de Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $12.020.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es la inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; y en general, la celebración de cualquier acto, contrato o actividad de carácter civil relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores; Tres)
Administración
La representación, administración, y uso de la razón social, corresponderá a don Francisco Javier Prohens Sommella, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, podrá actuar judicial y extrajudicialmente por la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGonzalo Serrano del Solar, Notario Público de la 3º Notaría de Ovalle, con oficio en prolongación calle Benavente N° 1005, local Nº 1480, Ovalle, Certifico que: Por escritura pública de fecha 08 de abril de 2020, bajo el Repertorio Nº 592, otorgada ante mí: don Francisco Javier Prohens Sommella; doña Claudia Andrea Gidi Yanine; doña Javiera Prohens Gidi; doña Fernanda Prohens Gidi; doña Victoria Prohens Gidi; doña Francisca Prohens Gidi; todos los anteriores domiciliados en calle Brasilia N° 780, departamento N° 304, comuna de Las Condes, Santiago, y de paso por ésta; don Juan Jaime Prohens Sommella, domiciliado en Fundo Santa Ana de Limari, sin número, comuna y ciudad de Ovalle; y don Jaime Eugenio Prohens Sommella, domiciliado en calle Los Viñedos N° 816, comuna y ciudad de Ovalle; todos en su calidad de únicos socios de la sociedad Francisco Javier Prohens Sommella y Compañía, acordaron transformar la sociedad colectiva civil “Francisco Javier Prohens Sommella y Compañía”, Rut. Nº 76.423.472-3, en una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos sociales extracto lo siguiente: Uno) Nombre: “INVERSIONES EL PASO LIMITADA”; Dos) Objeto: El objeto de la sociedad es la inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; y en general, la celebración de cualquier acto, contrato o actividad de carácter civil relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores; Tres) Duración: La duración de la sociedad será indefinida; Cuarto) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero; Cinco) Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $12.020.000, totalmente enterado en dinero en efectivo con anterioridad a esta fecha, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Francisco Javier Prohens Sommella, la suma de $2.000.000.-; b) a doña Claudia Andrea Gidi Yanine, la suma de $2.000.000.-; c) a doña Javiera Prohens Gidi, la suma de $2.000.000.-; d) a doña Fernanda Prohens Gidi, la suma de $2.000.000.-; e) a doña Victoria Prohens Gidi, la suma de $2.000.000.-; f) a doña Francisca Prohens Gidi, la suma de $2.000.000.-; g) a don Jaime Eugenio Prohens Sommella, la suma de $10.000.-; y h) a don Juan Jaime Prohens Sommella, la suma de $10.000. La responsabilidad de los socios se limita expresamente al monto de sus respectivos aportes; y Seis) Administración: La representación, administración, y uso de la razón social, corresponderá a don Francisco Javier Prohens Sommella, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, podrá actuar judicial y extrajudicialmente por la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Ovalle, 08 de Abril de 2020.-