CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones e Inmobiliaria Brajaluman SpA

RUT 9392718-4 CVE 1753229
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de abril de 2020
Notaría
La Serena
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de abril de 2020
Notario
ÓSCAR SOTO HERNÁNDEZ
Oficio
Titular Alejandro Viada Ovalle de la Sexta Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

N. fantasía
“Brajaluman SpA”
Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo. Sin embargo, la administración podrá establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro del país o en el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho. y, en general, celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos encaminados a los objetivos señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÓSCAR SOTO HERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular Alejandro Viada Ovalle de la Sexta Notaría de La Serena, Huanhualí N° 324, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, PROSNELDE ANGÉLICA LUMAN PALMA, C.I. N° 9.392.718-4, domiciliada en Huanhualí N° 569, 2do piso, La Serena, viene en constituir una Sociedad por Acciones, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, cuyos estatutos son los siguientes: Nombre de la sociedad: “Inversiones e Inmobiliaria Brajaluman SpA”. Nombre de fantasía: “Brajaluman SpA”. Domicilio: comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo. Sin embargo, la administración podrá establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro del país o en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho. y, en general, celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos encaminados a los objetivos señalados. CAPITAL: $2.000.000, dividido en mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscritas por PROSNELDE ANGÉLICA LUMÁN PALMA y han sido íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo. Administración y representación de la sociedad le corresponderá a PROSNELDE ANGÉLICA LUMÁN PALMA, quien podrá actuar a través de personas especialmente designadas, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. La administradora, como también el apoderado y/o los mandatarios que se designen, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones consta en escritura extractada. La Serena, 14 de Abril del año 2020.