MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL BIRRA ITALIA LIMITADA

RUT 76797502-3 CVE 1753018
Fecha instrumento
18 de febrero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de febrero de 2020
Notario
RODRIGO ESTEBAN HIDALGO GALLEGOS
Domicilio
IVAN TAMARGO BARROS
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ESTEBAN HIDALGO GALLEGOS, Abogado, Notario Público, Suplente de IVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público, Titular de la 51°. Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de 18 de febrero de 2020, ante mí; don GIORGIO ENRIQUE FREDERICH OLIVIER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad Nº 16.098.809-6, domiciliado en Príncipe de Gales 9045, casa F, comuna de La Reina; don ENZO DOMENICO TAVANO SEISDEDOS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero, cédula nacional de identidad Nº 16.098.266-7, domiciliado en Rafael Sanzio 80, departamento 801, comuna de Las Condes; GIUSEPPE NICCOLO PAGANINI PALLOMARI, chileno, soltero, fotógrafo, cédula nacional de identidad Nº 16.020.145-2, domiciliado en La Niña 3020, departamento 1703, comuna de La Condes; MACARENA ANDREA PERELLÓ GARCÍA, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número 16.097.579-2, domiciliada en Príncipe de Gales 9045, casa F, comuna de La Reina; acordaron modificar la Sociedad “COMERCIAL BIRRA ITALIA LIMITADA” con extracto inscrito a fojas 75.856, número 40.871, del Registro de Comercio de Santiago del año 2017. I) Las modificaciones consisten en: a) La cesión de derechos entre don ENZO DOMENICO TAVANO SEISDEDOS a don GIORGIO ENRIQUE FREDERICH OLIVIER; y entre don GIUSEPPE NICCOLO PAGANINI PALLOMARI a doña MACARENA ANDREA PERELLÓ GARCÍA, quien se incorpora como nueva socia; b) el cambio del régimen de administración correspondiendo la administración y el uso de la razón social a don GIORGIO ENRIQUE FREDERICH OLIVIER, modificándose en consecuencia el primer párrafo del artículo octavo de los estatutos; y c) modificación del giro y objeto social, incorporándose al artículo cuarto del pacto social, agregándose al final de éste la expresión siguiente: “elaboración de alimentos para consumo al paso”. II) En lo no modificado se mantienen vigentes los estatutos de la sociedad, en especial que la responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes. Santiago, 18 de Febrero de 2020.