MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INMOBILIARIA CERRO CALAN S.A.

RUT 96904840-K CVE 1752759
Capital
$547.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de febrero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2020
Notario
Alejandro Américo Alvarez Barrera
Oficio
Titular Félix Jara Cadot de la 41 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$547.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público, Suplente del Titular Félix Jara Cadot de la 41 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº1160, subsuelo, Santiago, certifica, hoy ante mí: don YUSUN ÁLVARO HAU SEVES, cédula de identidad N° 16.606.504-6, con domicilio en Rosario Norte N° 555 oficina 1104, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, debidamente facultado, respecto a la sociedad INMOBILIARIA CERRO CALAN S.A., RUT N° 9 6.904.840-k, que se encuentra inscrita a fojas 22.784 número 18.062 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1999, redujo a escritura pública, ACTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS INMOBILIARIA CERRO CALAN S.A. celebrada con fecha 26 de febrero de 2020, en la que estuvo presente el 100 % de las acciones con derecho a voto, en la que los accionistas acordaron por unanimidad lo siguiente: a) Aprobación de disminución de capital social. La disminución será por la suma de $547.000.000, quedando en consecuencia el nuevo capital determinado en $3.000.000 divido en la misma 55.000 acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. Con motivo de la disminución de capital aprobada por la Junta, los señores accionistas, además aprobaron la correspondiente reforma de estatutos, que refleje la disminución de capital efectiva. En consecuencia se sustituye el artículo 5º de los estatutos por el siguientes: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de tres millones de pesos y se divide en cincuenta y cinco mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una sola serie. El capital se suscribe y entera en la forma que se indica en los artículos transitorios de estos estatutos.”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 5 marzo 2020.-