MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS GENERALES DE CONSTRUCCIÓN LIMITADA

RUT 77023249-K CVE 1752039
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de marzo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de marzo de 2020
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público, Titular de la 38° Notaria de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Miraflores N°178, Quinto Piso. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 02 de Marzo del año 2020, REPERTORIO N°19.024-2020, otorgada ante mí, los comparecientes, doña SANDRA INÉS PALMA NÚÑEZ, ISABEL EMERITA MONTERO PEÑA, ambas domiciliadas en calle Carabineros de Chile N° 22 oficina 1602, comuna y ciudad Santiago y don JORGE ERNESTO PILQUINAO VERGARA, domiciliado en calle Pedro Aguirre Cerda N°0477, departamento 304, Torre Uno, comuna de La Cisterna y de paso en ésta, suscribieron contrato de modificación de la sociedad “SERVICIOS GENERALES DE CONSTRUCCIÓN LIMITADA" Rol Unico Tributario N°77.023.249-K, Inscrita Fojas 41.224 N°20.756 del Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago del año 2019, Modificación consiste: 1) Cesión de derechos: JORGE ERNESTO PILQUINAO VERGARA, vendió, cedió y transfirió totalidad de derechos sociales equivalentes a un 10% a doña ISABEL EMERITA MONTERO PEÑA, el precio de la cesión de derechos es la suma de $200.000, precio pagado en este acto de contado y en dinero efectivo. 2) modificación estatutos: Producto de la cesión de derechos sociales antes indicada, quedan como únicas socias de la sociedad doña SANDRA INÉS PALMA NÚÑEZ, con el 90% de los derechos sociales e ISABEL EMERITA MONTERO PEÑA, con el 10% de los derechos sociales, quienes modifican el pacto social constitutivo en el siguiente sentido: Modificase la cláusula Tercera de la Administración y Uso de la Razón Social, la que corresponderá indistintamente a SANDRA INÉS PALMA NÚÑEZ e ISABEL EMÉRITA MONTERO PEÑA, quienes actuando conjunta o separadamente la representarán con las más amplias facultades señaladas en escritura social constitutiva. Cláusulas no modificadas mantienen plena vigencia pacto social constitutivo. Capital constitutivo $2.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. DOY FE.