CA Alvarez SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de abril de 2020
- Notario
- Andrés Rieutord Alvarado
- Oficio
- 36 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar construir y comercializar un edificio ubicado calle Alvarez número mil ochocientos setenta y ocho de la comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso. Se deja expresa constancia que en virtud de su objeto social y los presentes estatutos sociales, la Sociedad podrá efectuar especialmente las siguientes actividades, sin ninguna limitación, sea en forma directa o indirecta: i) contratar y formar parte de transacciones denominadas “REIT roll up” o similares, como asimismo, sin ninguna limitación podrá aportar a cualquier título onerosos o no sus derechos y propiedades que adquiera en una o más entidades dedicadas a esos fines; ii) efectuar oferta pública de títulos y derechos, directa o indirectamente a través de otras entidades; iii) comprar y vender bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; iv) desarrollar, gestionar y administrar cualquier tipo de sociedades. MONTO A QUE ASCIENDE EL CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El capital social asciende a $2.000.000, dividido en 2.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la siguiente forma y proporción: (i) con $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal que al 26 de julio de 2019 se encontraban íntegramente suscritas y pagadas, y (ii) con $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 5 días hábiles a contar del 26 de julio de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Rieutord Alvarado, Notario Público Titular de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65 piso 2, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 7 de abril de 2020, otorgada ante mí, repertorio número 7038-2020, se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de “CA Alvarez SpA”, (la “Sociedad”) celebrada el 6 de abril de 2020, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, donde se acordó sanear, en conformidad a la Ley N° 19.499, los vicios formales contenidos en el extracto inscrito a fojas 65.687, número 32.070 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial el día 19 de agosto del mismo año, correspondiente a la escritura pública de fecha 26 de julio de 2019, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con domicilio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, repertorio número 30.859-2019, en la cual se modificaron los estatutos de la Sociedad, cambiándose su objeto social y aumentando el capital de la misma, entre otras modificaciones, y que por un error involuntario dichas modificaciones no fueron mencionadas en el extracto antes indicado, acordándose también ratificar la modificación de estatutos antes indicada a contar del 26 de julio de 2019. En consecuencia, el objeto social y el capital social acordados en la escritura pública cuyos vicios formales se sanean, y que conforme a los nuevos artículos Cuarto, Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, se extractan como sigue: OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar construir y comercializar un edificio ubicado calle Alvarez número mil ochocientos setenta y ocho de la comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso. Se deja expresa constancia que en virtud de su objeto social y los presentes estatutos sociales, la Sociedad podrá efectuar especialmente las siguientes actividades, sin ninguna limitación, sea en forma directa o indirecta: i) contratar y formar parte de transacciones denominadas “REIT roll up” o similares, como asimismo, sin ninguna limitación podrá aportar a cualquier título onerosos o no sus derechos y propiedades que adquiera en una o más entidades dedicadas a esos fines; ii) efectuar oferta pública de títulos y derechos, directa o indirectamente a través de otras entidades; iii) comprar y vender bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; iv) desarrollar, gestionar y administrar cualquier tipo de sociedades. MONTO A QUE ASCIENDE EL CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El capital social asciende a $2.000.000, dividido en 2.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la siguiente forma y proporción: (i) con $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal que al 26 de julio de 2019 se encontraban íntegramente suscritas y pagadas, y (ii) con $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 5 días hábiles a contar del 26 de julio de 2019. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de abril de 2020.