MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Procesadora de Plásticos Puelche Limitada

RUT 76099416-2 CVE 1751048
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de marzo de 2020
Notaría
Puerto

Instrumento

Fecha
30 de marzo de 2020
Comuna
Puerto

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de Marzo de 2020, ante mí: don OSCAR BERNARDO BARTSCH BÓRQUEZ, cédula nacional de identidad número 6.919.935-6; doña LUCÍA DEL CARMEN ALVARADO VELASCO, cédula nacional de identidad número 9.146.556-6, y don JOSÉ LUIS SALGADO CORTÉS, cédula nacional de identidad número 12.075.726-1, todos domiciliados en Ruta 5 Sur, Km 1030, comuna de Puerto Montt, modificaron la sociedad “Procesadora de Plásticos Puelche Limitada”, constituida por escritura pública celebrada ante la Notario Público de Puerto Montt, Carmen Ojeda Cáceres, el 3 de Mayo del año 2010, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el 15 de Mayo del 2010 y se inscribió a fojas 419 vta. número 393 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt año 2010, Rol Único Tributario Nº 76.099.416-2, siendo su capital social $6.000.000, en la forma siguiente: A) Se modifica cláusula cuarta del estatuto social en el sentido que administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a los socios OSCAR BERNARDO BARTSCH BÓRQUEZ, LUCÍA DEL CARMEN ALVARADO VELASCO y JOSÉ LUIS SALGADO CORTÉS, quienes deberán actuar de consuno. La socia LUCÍA DEL CARMEN ALVARADO VELASCO y el socio JOSÉ LUIS SALGADO CORTÉS, pueden actuar por sí solos respecto de las facultades señaladas en escritura extractada. B) Se modifica cláusula séptima del estatuto social en relación al plazo de duración de la sociedad en el sentido que se prorroga por 5 años más a contar de fecha de la presente escritura, renovándose en forma automática y sucesiva por períodos iguales, en la forma y condiciones establecidas en escritura extractada. C) Se modifica cláusula novena del estatuto social en lo relativo al reparto de utilidades en los términos establecidos en escritura extractada. En todo aquello que no fuese modificado por el presente instrumento, queda vigente el contrato social y en todo lo que no se oponga a lo pactado en el presente instrumento. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt 13 de Abril de 2020.