Instrumento
- Fecha
- 9 de marzo de 2020
- Repertorio
- 7095
- Notario
- ANDRES RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: i) el desarrollo, producción y)o comercialización de software y)o activos intangibles y hardware; ii) la prestación de servicios de asesoría profesional y consultoría en actividades ligadas al desarrollo, producción y)o comercialización de software y)o activos intangible y hardware; iii) el desarrollo y testing de software; iv) toda actividad necesaria para la optimización de procesos operativos, de comercialización, de marketing y)o de cualquier actividad relacionada con software y)o hardware para la optimización de procesos; v) el desarrollo de procesos tendientes a la producción y)o comercialización de software y)o activos intangibles y hardware; vi) el procesamiento de datos y toda actividad relacionada con las bases de datos que se generen; vii) la celebración y ejecución de toda clase de actos y contratos que se relacionen con la industria en cuestión; viii) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero, con la facultad de administrar dichas inversiones; y ix) en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, sin que para ello sea necesaria la modificación de los estatutos sociales
Administración
La administración, su representación y el uso del nombre de la sociedad corresponde a don Javier Roberto Escobar González, C.I. Nº17.679.029-6, quien actuará individualmente con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Comuna de Providencia, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 9 de marzo de 2020, Repertorio N° 7095, otorgada ante mí, don Javier Roberto Escobar González, C.I. Nº17.679.029-6, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: E&E Technologies SpA; nombres de fantasía: “E&E Tech” y “E&E SpA”.- Objeto: El objeto de la Sociedad será: i) el desarrollo, producción y/o comercialización de software y/o activos intangibles y hardware; ii) la prestación de servicios de asesoría profesional y consultoría en actividades ligadas al desarrollo, producción y/o comercialización de software y/o activos intangible y hardware; iii) el desarrollo y testing de software; iv) toda actividad necesaria para la optimización de procesos operativos, de comercialización, de marketing y/o de cualquier actividad relacionada con software y/o hardware para la optimización de procesos; v) el desarrollo de procesos tendientes a la producción y/o comercialización de software y/o activos intangibles y hardware; vi) el procesamiento de datos y toda actividad relacionada con las bases de datos que se generen; vii) la celebración y ejecución de toda clase de actos y contratos que se relacionen con la industria en cuestión; viii) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero, con la facultad de administrar dichas inversiones; y ix) en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, sin que para ello sea necesaria la modificación de los estatutos sociales.- Capital: $5.000.000, dividido y representado en 5.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.- Administración: La administración, su representación y el uso del nombre de la sociedad corresponde a don Javier Roberto Escobar González, C.I. Nº17.679.029-6, quien actuará individualmente con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de abril de 2020.-